Son tienda de accesorios y taller especializado en el mundo del todo terreno.
Nos han ofrecido unos descuentos especiales a todos los socios presentando el carnet.
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Entre estos se encuentra QUINTANILLA DE ARRIBA, Localidad enclavada en plena ruta de la Ribera del Duero, zona turistica de posibilidades sin fin.
Su alcalde D. Javier Nieto, tras estar en la mesa sectorial del día 10, nos entregó sellada y firmada la solicitud de Municipio Amigo, como muestra de apoyo a la AUTT y al Turismo Rural por caminos.Para celebrar dicha adhesión, nos ha propuesto una fiesta en la localidad para el fin de semana del 16 y 17 de Septiembre, en el que entre otras actividades se ofrecerá un curso de cata de vinos a los interesados.
Le damos las gracias por su adhesion al programa Municipio AMigo, y animamos a todos los socios a visitar Quintanilla de Arriba y darse una vuelta por su Ermita del Cristo del Cabañon.
En el Ayuntamiento disponen de un rutometro para ello.
Bienvenidos.
Como habeís podido leer en la web, el día 10 de Junio se celebró en Valladolid, en las instalaciones del consorcio de Turismo 'Asomate a Valladolid' la primera mesa sectorial para el estudio del impacto de la nueva ley de montes en el turismo rural y la circulacion por caminos.Con este nombre tan complejo que trata de explicar clarito que ibamos a abordar en la mesa.Ha sido muy completa han acudido gente de toda España, personal de la administración, forestales, revistas especializadas, organizadores de rutas, turismo, alcaldes, biólogos, en fín mas adelante tratarémos de poner el listado de asistentes, pero necesitamos mas tiempo.Abajo os dejamos un resumen aun sin maquetar y ordenar correctamente para que sepais las conclusiones que se expusieron en esa mesa.
Aprobar el nombramiento como defensor del socio de la AUTT tal y como se aprobó en la asamblea a D. Juan Luis Delgado, quien amablemente ha aceptado este puesto. Se le dotara de un mail para ponerse en contacto con el, os recordamos que SOLO actuará en caso de conflicto entre la directiva y algún socio como intermediario, no esta para atender consultas a directiva, ni para temas legales o de asesoría, SOLO para hacer de 'juez de paz' en caso de conflictos entre dos partes. Su función es que ante diferencias de criterios exista una voz diferente que opine sobre el tema. La DIrectiva se compromete a aceptar su opinion y el socio solicitante tambien.
Asistieron Tito Vazquez, como delegado regional en Galicia y Jesús Pallas en representación del club Remontes 4x4 (Carballo) EC de la AUTT.
Resumiendo y mucho ......... en principio se nos considera colectivo afectado, (ya hemos avanzado algo) para continuar nos ayudara a ocnseguir una reunión con Alberto Blanco (Director de montes), este es el hombre de la futura ley.
Hablamos de todo lo que nos afecta y de todo lo que podemos aportar al turismo, mantenimiento de caminos, observación de delitos medio ambientales, etc.
La AUTT es fundamental, no saben cuantos somos porque no tenemos licencia, no estamos federados, etc, etc, para conseguir realmente importancia, necesitan cuantificar cuantos somos y de algún modo en esto por ejemplo, los cazadores tienen ventajas con respecto a nosotros porque ellos si están contabilizados (por las licencias), además de bastante más organizados y unidos que nosotros, por eso la importancia y privilegios a la hora de legislar.
El ejemplo de colaboración entre el club Remontes 4x4 y el ayuntamiento de Carballo ha sido una muestra de integración perfecta entre administración y club, hace poco realizaron una búsqueda de vertederos incontrolados y fue muy apreciada la labor, hoy están preparando de forma conjunta cursos de gps, etc.
Como sabéis Carballo es municipio amigo, creo que es un buen reflejo de lo que se puede conseguir hablando y poniendo a continuación los proyectos en marcha.
En cuanto a la modificación de la ley (29/04/06) en principio nos indica que no se aplica, que la solicitud a través de medio ambiente por escrito que hemos presentado ya con sello de registro es la correcta, la próxima semana reclamaremos esa contestación, ya que aún no han contestado.
La prohibición en Galicia afectará sólo a las zonas de máximo riesgo entre el 15 de Julio y el 15 de Octubre, este año parece que se ampliará 15 días más (el año pasado finalizó el 30 de septiembre), de todos modos con solicitud de permiso no habrá problema incluso en estas zonas (ya no lo hubo el año pasado) y para el resto tranquilidad, El turismo es una parte muy importante en el interior de Galicia, ellos apuestan por el y nosotros debemos apoyar ese turismo.
Trataré de ponerme en contacto con todos los clubes de Galicia para ver cuantos aficionados regulados podemos ser y sacar una cifra aproximada. Como asociación que nos represente será la AUTT, que nos tienen en muy buen concepto y valoran mucho nuestra manera de trabajar y colaborar.
Seguiremos informando.
Tito Vazquez
Delegado AUTT en Galicia
Os adjuntamos dos articulos de prensa que hablan sobre lo mismo, en el primero, ante tres pequeños incendios en la provincia de Valladolid, el delegado de la Junta de Castilla Y Leon, hace referencia a las prohibiciones veraniegas, aunque aun no se ha publicado la circular (sera en breve), en el segundo, la gente de Soria, politicos incluidos, avisan de que no estan dispuestos a que les espanten el turismo, en una zona que miman como su propia casa y en la que apenas se producen incendios ni incidencias dada la dedicacion extraordianria que tienen por el monte.No podemos pedir que la gente se mantenga en los nucleos rurales, pedir que se visiten y se deje alli el dinero, y luego poner toda suerte de trabas a los turistas.pegamos mas abajo los dos articulos
Adjuntamos, información publicada en el periodico el Dia y firmada por el consejero de Medio Ambiente del Cabildo de Tenerife.
Nada nuevo, pero si muy revelador de como viene el verano.
Seamos consecuentes.
texto de la contestacion ' Entendemos su posición y la preocupación que ha ocasionado la medida a tomar en un gran sector de la población nativa y foránea. Por nuestra parte poco podemos hacer nosotros somos el Patronato de Desarrollo Integral de Soria y esta medida queda totalmente al margen de nuestras competencias.Parece ser que estas quejas que usted manifiesta debieran ser transmitaidas a Medio Ambiente.Cordiales saludos'
texto de la contestacion ' Entendemos su posición y la preocupación que ha ocasionado la medida a tomar en un gran sector de la población nativa y foránea. Por nuestra parte poco podemos hacer nosotros somos el Patronato de Desarrollo Integral de Soria y esta medida queda totalmente al margen de nuestras competencias.Parece ser que estas quejas que usted manifiesta debieran ser transmitaidas a Medio Ambiente.Cordiales saludos'
Os copio y pego la consulta y la respuesta que recibí a mi consulta a MediAmbient desde la página web de la Generalitat de Catalunya. Está en catalán, lo siento... Hola, Recentment s'ha publicat al BOE una modificació de l'anomenada 'Ley demontes' per la qual sembla ser que (De forma molt resumida) se'ns impedeix circular pel camp a tots els afeccionats a la muntanya com practicants de tot-terreny, motos, caça, boletaires, etc. a no ser que la Comunitat Autònoma corresponent decideixi no aplicar la llei en questió o tingui transferides les competències en aquest camp. La modificació de la 'Ley demontes' es pot consultar a la web del BOE a l'adreça http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2006/07678&txtlen=1000 Els agrairïa que m'indiquessin si s'aplicarà aquesta llei a Catalunya o si pel contrari el nostre Govern té les competències relacionades amb la circulació per camins transferides, i com ens afectarà als ciutadans aquesta mesura, en cas de que s'apliqui a Catalunya. D'altra banda si puc suggerir alguna cosa, penso que aplicar aquesta llei afectanegativament tant al comerç rural, turisme, serveis, com als ciutadans que estimem el bosc i la natura, que no som ni molt menys la causa del mal estat en que es troben els boscos. Atentament, David
Y la respuesta: Benvolgut David, A Catalunya, la normativa bàsica que regula l'accés motoritzat al medi naturalsón la Llei 9/1995 i el Decret 166/1998. En aquests moments estan en tràmit parlamentari determinades modificacions puntuals a aquesta normativa reguladora i es manté el contacte amb els diferents agents socials afectats. En particular, s'estan mantenint reunions entre responsables del Departament de Medi Ambient i Habitatge, el Consell Català de l'Esport i de les federacions catalanes de motociclisme i automobilisme per millorar l'aplicació de la normativa. L'objectiu de la normativa catalana no és prohibir o limitar la pràcticadel motociclisme, l'automobilisme o d'altres activitats esportives o recreatives al medi natural, sinó fer-les compatibles amb el manteniment dels valors naturals i de la qualitat de vida de la població rural. Atentament, Àrea d'Informació Ambiental Departament de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat de Catalunya Diagonal, 523-525. 08029 Barcelona Telèfon d'Informació: 012 / Fax: 934.198.709 http://mediambient.gencat.net/ a/e sia.dmah@gencat.net
Os copio y pego la consulta y la respuesta que recibí a mi consulta a MediAmbient desde la página web de la Generalitat de Catalunya. Está en catalán, lo siento... Hola, Recentment s'ha publicat al BOE una modificació de l'anomenada 'Ley demontes' per la qual sembla ser que (De forma molt resumida) se'ns impedeix circular pel camp a tots els afeccionats a la muntanya com practicants de tot-terreny, motos, caça, boletaires, etc. a no ser que la Comunitat Autònoma corresponent decideixi no aplicar la llei en questió o tingui transferides les competències en aquest camp. La modificació de la 'Ley demontes' es pot consultar a la web del BOE a l'adreça http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2006/07678&txtlen=1000 Els agrairïa que m'indiquessin si s'aplicarà aquesta llei a Catalunya o si pel contrari el nostre Govern té les competències relacionades amb la circulació per camins transferides, i com ens afectarà als ciutadans aquesta mesura, en cas de que s'apliqui a Catalunya. D'altra banda si puc suggerir alguna cosa, penso que aplicar aquesta llei afectanegativament tant al comerç rural, turisme, serveis, com als ciutadans que estimem el bosc i la natura, que no som ni molt menys la causa del mal estat en que es troben els boscos. Atentament, David
Y la respuesta: Benvolgut David, A Catalunya, la normativa bàsica que regula l'accés motoritzat al medi naturalsón la Llei 9/1995 i el Decret 166/1998. En aquests moments estan en tràmit parlamentari determinades modificacions puntuals a aquesta normativa reguladora i es manté el contacte amb els diferents agents socials afectats. En particular, s'estan mantenint reunions entre responsables del Departament de Medi Ambient i Habitatge, el Consell Català de l'Esport i de les federacions catalanes de motociclisme i automobilisme per millorar l'aplicació de la normativa. L'objectiu de la normativa catalana no és prohibir o limitar la pràcticadel motociclisme, l'automobilisme o d'altres activitats esportives o recreatives al medi natural, sinó fer-les compatibles amb el manteniment dels valors naturals i de la qualitat de vida de la població rural. Atentament, Àrea d'Informació Ambiental Departament de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat de Catalunya Diagonal, 523-525. 08029 Barcelona Telèfon d'Informació: 012 / Fax: 934.198.709 http://mediambient.gencat.net/ a/e sia.dmah@gencat.net
Os copia articulo aparecido hoy en EL Heraldo de Soria, periodico que se esta molestando y mucho en defender lo suyo y lo nuestro.
Especialistas en el seguro del automovil, en el apartado de vehiculos todo terreno les ha parecido muy interesante la filosofía de la AUTT, como abordamos nuestras salidas al campo, normas de comportamiento, etc.
Este acuerdo de Entidad Colaboradora, englobará en breve algunas colaboraciones mas avanzadas, como la posibilidad de que al sacar el seguro de tu todo terreno en Mutua Valenciana, puedas automáticamente hacerte socio de la AUTT en la misma operacion, y el disponer de servicios especializados para los todo terreno en general, y los socios AUTT en particular.
Os tendremos informados.
Por el momento ¡ Bienvenidos !, todo apoyo es de agradecer en estos momentos.
Gracias a la voluntad de un grupo de socios de la AUTT, abogados (esto está abierto si hay mas socios dispuestos a ello), os ofrecemos consultoría legal a la hora de redactar los posibles recursos contra las sanciones que viniesen impuestas EXCLUSIVAMENTE, referenciadas a la nueva ley de montes.Para conseguir esta consultoria, hay que dirigir un mail a info-arroba-autt.org, donde segun nuestros abogados deberia ir:' Es MUY Importante que las consultas por correo vayan acompañadas de la propuesta de sanción que hace la administración o la comunicación de inicio del expediente sancionador, así como del dia en el que se le ha notificado. Por otra parte, en algunos casos podemos ir haciendo gestiones o preparando temas desde el primer momento, por lo que podemos estar prevenidos si el 'lunes', (siguiente al del paseo en el que tiene lugar la denuncia), nos envían el boletín de denuncia. De esta forma además de ir tranquilizando al personal podemos intercambiar información con el y preparando la estrategia a seguir. Otro tema que debería ser publicitado entre todos los asociados es que tomen fotos del lugar y momento de la denuncia, así como de los accesos que tomaron desde la carretera asfaltada.'Repito esta consultoria gratuita a socios se atenderá solamente por problemas con la nueva ley de montes. De manera que en el interin en que las adminsitraciones autonómicas desarrollan su aplicaicon no estemos indefensos, y Solamente a socios. No abusemos de la buena voluntad de nuestros amigos.Aunque ya sabeis si hay algun abogado mas dispuesto a sumarse al grupo de trabajo, siempre hay sitio.Un saludo
Consultadas telefónica y personalmente diferentes administraciones de Galicia, cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana, Cataluña y alguna mas que ahora no recuerdo, nos han constestado todas sin excepcion que a fecha actual continuan aplicando la misma legislación que ya existía con las mismas concesiones y las mismas prohibiciones.
Esto no quiere decir mas que eso, dado que solo nos lo han comunicado por el momento de palabra. La mayoría de las comunidades deberá ligislar ahora para adaptar su legislación a las novedades que incluye la nueva ley, pero poco a poco. La ley existe y ahora deberemos trabajar y colaborar en el desarrollo de su aplicación con las autonomías. Este fin de semana pasado se han producido algunas anulaciones a empresas y alojamientos de tursimo rural por parte de socios que no tenían claro si salir o no. tranquilos es cuestion de tiempo que esto se aclare.
En cuanto a las acciones a seguir. Algunos socios habeis solicitado la recogida de firmas. Bien esta accion ha sido descartada por el momento porque la ley ya esta publicada y por la lentitud del sistema, dado que en este sector para recoger 30.000 firmas tardariamos bastante tiempo y aun asi no llegarían apenas a hacerse notar ante quien no quiera escuchar.
Os tendremos informados mientras tanto ya sabeis en el Zona socios, disponeis de un formulario para poneros en contacto con la directiva, donde os contestaremos a vuestras dudas.
Nuestro socio y amigo, Raul Hector Cardenas Campos, envía esta carta al secretario general de Medio ambiente en ANdalucía para solicitarles información y ofrecer alternativas.Esta es la carta que ha enviado al Secretario general de Medio Ambiente de Andalucía, Juan Domench:
Muy Sr. Nuestro:Como presidente de la asociación AUTT (Asociación de Usuarios del Todo Terreno). Entidad sin ánimo de lucro, de nivel nacional, y con más de 2.000 socios de toda España, integrada en la Federación Europea de Todo Terreno Turístico, donde se alcanza la cifra de 25.000 usuarios de esta actividad turística. Le remito comunicado, donde la Asociacion que tengo el honor de presidir, elabora un resumen valorativo sobre las últimas modificaciones de la ley nacional de montes, que queremos transmitirles. La última modificación de la Ley Nacional de Montes, publicada en el BOE del 29 de Abril de 2006, dice en el Art. 54, punto 2 indica lo siguiente que le transcribo a continuación. 'La circulación con vehículos a motor por pistasforestales situadas fuera de la red de carreterasquedará limitada a las servidumbres de paso quehubiera lugar, la gestión agroforestal y las laboresde vigilancia y extinción de las AdministracionesPúblicas competentes. Excepcionalmente, podráautorizarse por la Administración Forestal el tránsitoabierto motorizado cuando se compruebe la adecuacióndel vial, la correcta señalización del acceso,la aceptación por los titulares, la asunción del mantenimientoy de la responsabilidad civil.' Técnicamente se prohíbe la circulación con vehículos a motor por caminos en toda España, dándose la paradoja que muchas carreteras locales y municipales que no están en el catálogo de la red de carreteras de las comunidades, estarían en la literalidad de la ley prohibidas a la circulación.Tras una serie de consultas legales, podemos interpretar (ojo interpretar), que aquellas comunidades que ya tenían una ley que regulaba el uso y transito por sus caminos, esta ley otorgaría servidumbre de paso a los mismos, con lo que seguiría vigente dicha ley. Aquellas otras comunidades que no tuviesen esto establecido quedarían automáticamente bajo el amparo de la nueva ley de montes nacional, y por tanto sin posibilidad de circular legalmente por caminos.Esto afecta y mucho al turismo rural que vería reducida notablemente sus posibilidades, y sobre todo al uso y disfrute de rutas turísticas familiares, a bordo de vehículos a motor del tipo que sean (por el momento, el pasado año se prohibió también a pie y en bicicleta).SI no se regula convenientemente, esta modificación de la ley dará al traste con un sector que mantiene un compromiso firme con el turismo rural de alto nivel, que mantiene en las temporadas bajas y de peor climatología abiertas esas rutas y esos establecimientos rurales.Nuestra labor de educación medio ambiental y el compromiso que adquirimos hace más de seis años con nuestros socios, nos obliga a la permanente conversación con los organismos estatales que de uno u otro modo, legislan a favor o en contra de nuestros intereses como amantes y usuarios del medio natural.Nuestra asociación, fomenta un turismo familiar de alto nivel, y nuestros asociados asumen un código de comportamiento más exigente aún que el requerido por las administraciones.Agradezco de antemano su atención, y quedo a la espera de sus noticias y cualquier colaboración posible. Fernando Alfageme FuertesPresidente AUTT
Este es el principio del fin del turismo rural en sus regiones mas desfavorecidas.
La Constitución Española (CE) establece cuáles son las competencias propias del Estado (la legislación y su aplicación es de exclusiva competencia estatal) y de las Comunidades Autónomas -CCAA- (la legislación y su aplicación es de exclusiva competencia autonóminca) y cuáles son competencias compartidas (básicamente aquéllas en las que la competencia legislativa básica es del estado y la ejecución y desarrollo corresponde a las CCAA). Esto está en los artículos 148 y siguientes de la CE. En ellos, y por lo que nos afecta, tenemos que:
1.- El estado tiene competencia exclusiva sobre legislación básica sobre protección del medio ambiente, montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias, sin perjuicio de las facultades de las CCAA de establecer normas adicionales de protección (que no pueden ser contrarias a la norma estatal).
2.- Ahora bien, las CCAA podrán asumir compentencias en materia de montes y aprovechamientos forestales. Se asumen en el Estatuto de Autonomía, y en él se establece el alcance (si lo asume en exclusiva o de forma compartida) así es que dependerá en cada caso, según si la CCAA ha asumido la materia en exclusiva, no le afectará la ley nacional, pero si no ha asumido la materia o la ha asumido de forma compartida, entonces si le afectará, porque, en las compartidas, la legislación de base es la estatal y la de desarrollo y ejecución(que no puede contradecir la estatal) es la autonómica.
3.- El estado tiene exclusividad sobre circulación de vehículos a motor (siempre que hay un conflicto y mezcla de competencias en el tema de circulación de vehículos a motor en el medio natural, pues se mezclan compentencias exclusivas del estado con materias compartidas no reguladas estatalmente (al menos hasta ahora) y con materias exclusivas de algunas CCAA (si asumieron en materia de montes).
4.- A su vez, las Cortes Generales pueden atribuir a todas o a ciertas CCAA la facultad de dictar para sí normas legislativas sobre materias de competencia estatal pero, como digo, sobre la base de los principios, bases o directrices fijados por la ley estatal.
5.- También el estado puede transferir o delegar en las CCAA facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean delegables.
En fin, en aquellas materias de competencia exclusiva del estado (o de las CCAA) solo puede legislar el titular de la compentencia. En el caso de materias compartidas, las CCAA pueden desarrollar y aplicar, pero no contradecir.
Hay que ver en cada caso qué CCAA tiene qué facultades en materia de montes y medio ambiente y, adicionalmente, qué dice tanto la ley de carreteras del Estado y las leyes de carreteras autonómicas sobre los caminos (unos los incluyen y otros no) y, a partir de ahí se podría hacer un mapa, pero vamos que la cuestión es compleja pues la mayoría de las leyes de carreteras no hacen referencia a los caminos como formando parte de su red :-(...
¿Por qué no ha salido a alegaciones públicas? Pues porque las leyes no se someten a periodo de alegaciones, las Cortes Generales son soberanas y ya las elegimos cada 4 años. El tema de alegaciones viene en vías adminsitrativas o en ciertos procesos reglados que, la verdad son muy complejos... ¿recursos?... este tema es todo un mundo... Aunque recurrir... ¿sobre qué base?... Es una medida perfectamente constitucional, y si no leete el artículo 45 de la Constitución :-(... No veo que se hable de derecho a circular con vehículos a motor, pero sí a la obligación de conservar y proteger el medio ambiente y velar por una utilización racional del mismo :-(...
¿Se puede arreglar el desaguisado a través de la CCAA? Pues sí, siempre que se establezca una referencia a que los caminos de la comunidad (con las características que sean) se consideran incluidos en la red de carreteras de la misma, bien en las propias leyes de carretaras autonómicas bien en las leyes de montes autonómicas, pero mientras no se diga nada, pues estamos jodidos porque estará prohibida la circulación... :-(.