A.U.T.T.

Si sales al monte, que no se note que has estado.

 

Nos quitan la Baja Aragón

Tras 20 años de cita puntual cada verano en el desierto de los Monegros para ver competir a los mejores de Europa en el campo de los raids duros de TT, parece que si nadie lo evita, nos quedamos sin la Baja Aragón.

Se está convocando bajo iniciativa privada por los propios aficionados un acto de apoyo y reivindicación para la que los organizadores esperan obtener el permiso de las autoridades que tendrá lugar el el 31-enero-2004 en Zaragoza en el Circuito Evasión 4x4 (La Cartuja, carretera Castellón), dirección a Valmadrid Km 1, punto GPS: 30T 0680487 UTM 4607307 a las 10:30 AM.

Si algun aficionado decide asistir, aconsejamos que pida confirmación a los organizadores de que finalmente la manifestación ha sido autorizada.

El coordinador de esta iniciativa es Javier Vicente y le puedes contactar en el 91 516 37 66 o javi_evasion4x4 (@) yahoo.es

NOTA IMPORTANTE: La AUTT aclara que aunque desea la recuperación de la prueba, no está vinculada a la iniciativa de ninguna manera y ruega un comportamiento ejemplar de los asistentes en los actos al objeto de dar buena imagen de nuestro colectivo que no agrave el rechazo que sufrimos en la actualidad.


En Ruta 4x4 nº 04 Diciembre 2003

Tras una andadura de mas de 1 año de la revista de la AUTT, inauguramos el 2004 con un nuevo formato más fresco y profesional.

Dejamos atrás el aspecto de pamfleto para llevar a cada socio y Entidad Colaboradora una revista como se merece habiendo convertido el sueño en realidad.




Desde la Junta Directiva, queremos agradecer a todos los que han trabajado duro para conseguirlo, a los que han aportado su granito de arena con sus artículos y fotos, y a todos aquellos que ansiosos por recibir cada número han anunciado su alegría al recibir la sorpresa del cambio.

Así mismo, queremos hacer un llamamiento para que socios y aficionados en general nos hagais llegar vuestros artículos manifestando vuestras preocupaciones e inquietudes en un texto de medio folio con letra arial 10 a la dirección revista@autt.org que tendrá la oportunidad de ser publicado tanto en la revista interna como en alguna de las revistas de 4x4 Colaboradoras de la Asociación.

Tu palabra nos interesa a todos, COLABORA !

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La industria del neumático se acerca también a la AUTT

En este caso es INSA TURBO (Industrias del Neumático S.A.) quienes en un claro compromiso de ayudar a los aficionados al Todoterreno, ha decidido apoyar el proyecto de la AUTT sumándose a él al afiliarse como Entidad Colaboradora del grupo 3 (el mismo nivel en el que sitúan las grandes marcas de automóviles como Jeep, Land Rover, Suzuki, Santana, etc).

En una reunión con su Director General P. Antonio Perez, dejó patente la buena impresión causada por la iniciativa de la AUTT y sus planteamientos que se muestran decididos a apoyar. Insa Turbo es actualmente la marca española líder en el sector de neumático reconstruido disponiendo de una moderna factoría en Alicante y se encuentran certificados por varios organismos internacionales entre ellos el DOT americano. Puedes acceder a su web en: www.insaturbo.com donde podrás ver alguno de sus neumáticos.


Resumen general de legislación

Los enlaces a las ampliaciones, te llevaran a documentos especificos que se encuentran solo disponibles para Socios.

(Estatal)Ley de Montes (8 de junio de 1957)

[Resumen exhaustivo] [Texto completo en PDF]

Esta ley es posiblemente la más general, aparte de la Constitución, de cuantas podemos considerar en el estudio de la legislación relacionada con nuestra afición, de lo que es buena señal su antigüedad. De ella podemos obtener un conocimiento global de la naturaleza jurídica del terreno que pisamos, y los condicionamientos generales que pesan sobre él y sus propietarios

(Estatal)Ley de Vías Pecuarias (ley 3/1995, de 23 de marzo)

[Resumen exhaustivo] [Texto íntegro en PDF]

La ley de Vías Pecuarias trata sobre las vías usadas histórica o actualmente para el tránsito ganadero de largo recorrido, que pueden ser de varios tipos y recibir varios nombres. Todas ellas se hallan englobadas en la denominada Red Nacional de Vías Pecuarias. Estas vías son de dominio público, aunque se hallan bajo titularidad de las Comunidades Autónomas, quiénes son responsables de su gestión y mantenimiento. La circulación por ellas en cualquier vehículo motorizados está implícitamente prohibida (excepto para uso rural o ganadero, vigilancia y emergencias), según los artículos 16 y 17

(Estatal) Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre (Ley 4/1989, de 27 de marzo)

[Resumen exhaustivo] [Texto íntegro en PDF]

Esta ley responde a la demanda social de protección de ecosistemas naturales, cuyo uso estaba incrementando cada vez más la presión sobre ellos. En respuesta surge esta ley, en la cual se definen qué elementos naturales (de fauna, flora y gea) se van a proteger, así como los medios y procedimientos que se pondrán a disposición de la Administración para lograr su efectiva protección. Desde el punto de vista práctico, esta ley nos interesa porque es la que define qué son los Espacios Naturales Protegidos (Parques, Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos), Parques Nacionales, Especies Protegidas (En peligro de extinción, Sensibles a la alteración de su hábitat, Vulnerables y de Interés especial). Nos dice cómo y por qué se les da dicha categoría, en qué registros se controlan y por quién, qué prohibiciones o tratamientos especiales se les da por ello, y quienes son las autoridades competentes. También se entra parcialmente en el mundo de la caza y la pesca, desde el punto de vista de la definición de las especies susceptibles de ser consideradas de carácter cinegético o 'cazable'. En resumen, es una ley tan extensa como interesante.

(Aragón) Decreto 96/1.990, de 26 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la circulación y práctica de deportes, con vehículos a motor, en los montes bajo la gestión directa de la Comunidad de Aragón.

[Texto íntegro en PDF]

En la legislación Aragonesa se sigue la línea de permitir con carácter general la circulación de los vehículos por los montes públicos, mientras no se prohíba expresamente. Se puntualiza, como es habitual, que la velocidad está limitada a 30 km/h y que los vehículos deben estar equipados con silenciadores homologados.

Establece al igual que otras legislaciones el número máximo de vehículos que pueden circular en caravana sin autorización especial, cifrándolo en 5 vehículos; y como característica innovadora respecto a otras normas expresa la separación mínima entre grupos, que ha de ser de al menos 150mts. (facultando además a los agentes de vigilancia a exigir el cumplimiento de esta separación).

Si se desea circular en grupos de más de 5 vehículos, las solicitudes han de dirigirse por escrito al servicio provincial de Agricultura, Ganadería y Montes que corresponda (o a la Dirección General de Ordenación Rural si se circula por varias provincias) con al menos un mes de antelación.

(Canarias) Decreto 124/1995, de 11 de mayo, por el que se establece el régimen general de uso de pistas en los Espacios Naturales de Canarias.

[Texto íntegro]

(Castilla y León)Decreto 4/95, de 12 de Enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se regula la circulación y práctica de deportes, con vehículos a motor, en los montes y vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

[Texto íntegro]

Permite la circulación general por pistas y caminos de hasta 10 vehículos.

(Castilla-La Mancha)Decreto 34/2000, de 29 de febrero para la regulación del uso recreativo, la acampada y la circulación de vehículos a motor en el medio natural.

[Texto íntegro]

(Cataluña)Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural en Cataluña (BOE de 30 de agosto de 1995)

[Texto íntegro]

(Cataluña)Decreto 166/1998, de 8 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural (DOGC de 14 de julio de 1998)

[Resumen y Texto completo]

Esta ley regula de lleno nuestra actividad por el territorio Catalán, uno de los que más avanzados tiene este tipo de legislación debido a la gran afición que allí se da. En esta ley se tratan aspectos como la circulación de vehículos a motor por el medio natural, la concreción de qué caminos son o no transitables, etc.

(Comunidad Valenciana)Decreto 183/1994, de 1 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la circulación de vehículos por terrenos forestales.

[Texto íntegro]

(Galicia)Ley 9/2001, de 21 de agosto, de la Xunta de Galicia, de conservación de la naturaleza.

[Texto íntegro]

(La Rioja)Decreto 29/1994 (La Rioja), de 12 de mayo, regulador de la circulación y práctica de deportes con vehículos a motor en montes y terrenos forestales gestionados por la Comunidad (BO La Rioja núm. 65, de 24 de mayo de 1994)

[Texto íntegro en PDF]

(Madrid)Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid

[Texto íntegro]

(Madrid)Decreto 110/1988, de 27 de Octubre, por el que se regula la circulación y práctica de deportes con vehículos a motor en los montes a cargo de la Comunidad de Madrid

[Texto íntegro]

(Principado de Asturias)Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal

[Texto íntegro en PDF]

El principal objetivo de esta ley es regular el aprovechamiento de los montes y territorios forestales del Principado de Asturias, precisando la normativa general sobre su uso y control. Se indica (art. 40) que la Consejería en materia forestal es la responsable de controlar los diferentes aprovechamientos que se pueden realizar de los montes, los cuales incluyen actividades de ocio. En los espacios protegidos se atenderá a lo dispuesto en los planes rectores de los mismos. Desde el punto de vista del 4x4, lo más interesante se encuentra en el artículo 48, donde se afirma que son usos prohibidos entre otros ?el uso de aquellos elementos productores de ruido, ajenos a la actividad agraria, que puedan alterar los hábitos del ganado o de la fauna silvestre? y más concretamente ?las actividades motorizadas, ajenas a la actividad agroforestal, excepto en los circuitos o viales expresamente autorizados?, lo cual nos deja pocas posibilidades. En la parte consagrada a la materia de los incendios forestales, aparte de prohibir como norma general hacer fuego (art. 64.1) y obligarnos (lógicamente) a avisar de la presencia de cualquier fuego y a colaborar en su extinción si se nos requiere (art. 63) , se restringen aún más nuestras posibilidades, ya que el artículo 59.3 dice ?Asimismo, se podrán establecer limitaciones al tránsito por los montes, llegando a suprimirlo cuando el peligro de incendios lo haga necesario?.

VEHÍCULOS

(Estatal) Real Decreto 736/88 sobre reformas de importancia

[Texto íntegro] [Anotaciones]

OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

(Estatal) Algunas observaciones sobre la tramitación de los expedientes sancionadores

[Notas]

última actualización: 26/7/2.005


Resumen general de legislación fuera de asfalto

La legislación en el mundo del todoterreno

Normativa específica sobre circulación de vehículos a motor en el medio natural en las CCAA con normas propias vigentes

El siguiente cuadro resumen recoge exclusivamente la normativa general aplicable a la circulación de vehículos a motor por espacios naturales en aquellas Comunidades Autónomas que han dictado normas específicas al respecto.

Además de las normas indicadas, existe otra normativa que también es de aplicación y que debe consultarse antes de realizar o proyectar cualquier ruta, tales como normas sobre defensa y protección de la naturaleza y espacios naturales, vías pecuarias, protección contra incendios y normas de declaración y protección de espacios naturales concretos y sus respectivos planes de ordenación de los recursos naturales.

Por tanto, el usuario no debe confiar exclusivamente en el contenido del presente cuadro resumen, que se ofrece como indicador general de la normativa en cada CCAA que se cita.

AragónObjeto

  • Circulación vehículos a motor
Ámbito afectado

  • Montes gestionados por Aragón

  • Montes de utilidad pública

  • Montes consorciados y conveniados

Está permitido expresamente...

  • Caminos forestales no prohibidos
Prohibido

  • Campo a través

  • Caminos determinados o  señalizados como prohibidos
Excepciones a la prohibición

  • Vigilancia y gestión de montes

  • Aprovechamientos

  • Obras y trabajos

  • Actividades científicas y educativas

  • Caso de emergencia o fuerza mayor

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

  • Según legislación contra incendios
Límite de vehículos

  • 5
Distancia entre vehículos

  • 150 m

  • ½ hora si se da concentración sin previo acuerdo
Velocidad máxima

  • 30 km/h
Autorizaciones previas

  • Circular en caravana (+de 5 vehículos)

  • Aprovechamientos

  • Obras y trabajos

  • Actividades científicas y educativas

  • Pruebas deportivas: aun en sitios preparados a tal efecto se necesita comunicación
Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 1 mes de antelación

  • Número de participantes

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario

  • Fecha y duración

  • Medios organizativos y auxiliares

  • Posible fianza

  • Silencio negativo
Sanciones

  • Según normativa nacional
Canarias Objeto

  • Circulación vehículos a motor por espacios naturales protegidos
Ámbito afectado

  • Espacios naturales protegidos en Canarias
Está permitido expresamente...

  • Carreteras

  • Pistas
Prohibido

  • Reservas Naturales Integrales

  • Zonas de Exclusión

  • Zonas de Uso Restringido

  • Pruebas deportivas en zonas con algún grado de protección
Excepciones a la prohibición

  • Personal relacionado con la propiedad, aprovechamientos, vigilancia, gestión de terrenos y otros servicios públicos
Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado
Límite de vehículos

  • 5 salvo autorización
Distancia entre vehículos

  • -
Velocidad máxima

  • 30 km/h salvo señalización
Autorizaciones previas

  • Excursiones organizadas (con fin de lucro)

  • Excursiones en grupo de más de 5 vehículos (sin fin de lucro)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 30 días de antelación

  • El organizador (con lucro);  todos (sin lucro)

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario (plano)

  • Fecha, hora  y duración

  • Fianza o seguro

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Hasta 6.000 € y otras medidas

Castilla - La Mancha Objeto

  • Regulación uso recreativo, acampada y circulación de vehículos a motor en el medio natural

Ámbito afectado

  •  El medio natural de Castilla-La Mancha

Está permitido expresamente...

  • Sin que se diga expresamente, circular por caminos y pistas no prohibidas

Prohibido

  • Limpiar vehículos en ríos

  • Usar claxon de forma injustificada

  • Usar focos no homologados

  • Campo a través

  • Caminos señalizados como prohibidos

Excepciones a la prohibición

  • Personal relacionado con la propiedad, aprovechamientos, vigilancia, gestión de terrenos y otros servicios públicos

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

Límite de vehículos

  • 5 salvo autorización

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • 30 km/ h salvo señalización

Autorizaciones previas

  • Excursiones organizadas (con fin de lucro)

  • Excursiones en grupo de más de 5 vehículos (sin fin de lucro)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 30 días de antelación

  • El organizador (con lucro);  todos (sin lucro)

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario (plano)

  • Fecha, hora  y duración

  • Fianza o seguro

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Hasta 6.000 € y otras medidas

Castilla y León Objeto

  • Circulación vehículos a motor

  • Pruebas deportivas

Ámbito afectado

  • Montes propiedad CyL

  • Montes de utilidad pública

  • Montes protectores

  • Vías pecuarias

Está permitido expresamente...

  • Carreteras

  • Caminos

Prohibido

  • Sendas

  • Campo a través

  • Caminos señalizados como prohibidos

Excepciones a la prohibición

  • Vigilancia y gestión de montes

  • Usos tradicionales y servidumbres de paso a fincas

  • Razones de urgencia o fuerza mayor

  • Previa autorización

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

  • Matachispas

  • Ceniceros

  • Otros según legislación contra incendios

Límite de vehículos

  • 10

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • -

Autorizaciones previas

  • Pruebas deportivas motorizadas

  • Actividades organizadas de más de 10 vehículos

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • Más de 1 mes de antelación

  • Motivo actividad

  • Número de participantes

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario

  • Fechas y horarios

  • Medios organizativos y auxiliares

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Hasta 6.000 €

Cataluña Objeto

  • Acceso motorizado al medio natural

Ámbito afectado

  • Espacios naturales

  • Terrenos forestales

  • Caminos, pistas, senderos, veredas…

  • Cauces de agua, lagunas y embalses

Está permitido expresamente...

  • En general: caminos y pistas aptos para la circulación de más de 3m para coches y más de 2m para motos

  • En espacios protegidos: pistas y caminos delimitados al efecto.

  • Espacios de interés natural sin protección especial y terrenos forestales: pistas y caminos pavimentados o de 4 m o más de ancho

Prohibido

  • Campo a través

  • Fuera de pistas o caminos delimitados al efecto

  • Cortafuegos

  • Vías forestales de extracción de madera

  • Caminos de cabaña

  • Cauce seco de ríos

  • Lámina de agua de ríos

  • Rutas nocturnas en grupo salvo por viales de unión de poblaciones o casas rurales

  • Competiciones deportivas en zonas protegidas, reservas de caza y reservas de fauna salvaje

  • Competiciones en pistas no asfaltadas

Excepciones a la prohibición

  • Acceso a las fincas

  • Actividades agrícolas, ganaderas y forestales

  • Servicios públicos

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • En espacios protegidos: 7 para motos / 4 para otros vehículos

  • En otros espacios: 15

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • 30 km/h, salvo pruebas deportivas autorizadas y servicios públicos

Autorizaciones previas

  • Circulación motorizada organizada (un responsable que organiza)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Circulación organizada:

    • Requisitos que exija la admón. competente

  • Competiciones deportivas:

    • Fianza

    • Que se celebre en circuito catalogado

Sanciones

  • Hasta 30.050 € y otras medidas

La Rioja Objeto

  • Circulación con vehículos a motor

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Montes gestionados por la comunidad

  • Montes de utilidad pública

  • Montes consorciados y protectores

  • ZEPAS

  • Espacios  naturales protegidos

  • Reservas y cotos de caza

Está permitido expresamente...

  • Vías asfaltadas

  • Pistas forestales no restringidas

Prohibido

  • Campo a través

  • Sendas (caminos no asfaltados de 2 m o  menos)

  • Pistas de uso restringido

  • Uso de neumático de motocross en rueda motriz en vías no asfaltadas

  • Competiciones que pasen por cauces fluviales

Excepciones a la prohibición

  • Labores de vigilancia

  • Gestión del monte

  • Aprovechamientos, obras

  • Trabajos

  • actividades científicas o educativas

  • Casos de emergencia o fuerza mayor

  • Cuidado del ganado

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

  • Otros según legislación incendios forestales

Límite de vehículos

  • 5

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • 30 km/h

Autorizaciones previas

  • Circulación por sendas o campo a través para actividades excepcionadas

  • Actividades excepcionadas no sujetas a licencia de aprovechamiento

  • Circulación en caravana (+ de 5 vehículos)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 1 mes de antelación

  • Número de participantes

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario

  • Fechas y horarios

  • Medios organizativos y auxiliares

  • Posibilidad de fianza

  • Silencio positivo

Sanciones

  • Legislación nacional

MadridObjeto

  • Circulación de vehículos a motor

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Montes a cargo de la Comunidad de Madrid

Está permitido expresamente...

  • Vías de tránsito autorizadas con señalización

  • Áreas específicamente acondicionadas con señalización

Prohibido

  • Circulación fuera de las zonas y vías indicadas

Excepciones a la prohibición

  • Funciones de vigilancia

  • Gestión técnica de los predios

  • Aprovechamientos

  • Casos de emergencia o fuerza mayor

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • -

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • Según reglamento (inexistente)

Autorizaciones previas

  • De forma excepcional fuera de las vías y áreas autorizadas:

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

  • Otras actividades con vehículos a motor

  • Trabajos con vehículos a motor

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 15 días de antelación

  • Medidas precautorias que se exijan

  • Posible fianza

  • Club o entidad responsable

  • Municipio al que pertenece

  • Recorrido

  • Fecha

  • Duración

  • Nº y tipo de vehículos participantes

Sanciones

  • Según la Ley de Montes nacional

NavarraObjeto

  •  Actividades organizadas con vehículos a motor

  • Circulación de vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Suelo no urbanizable

Está permitido expresamente...

  • -

Prohibido

  • Campo a través

  • Caminos de menos de 2 m

  • Cortafuegos

  • Vías de saca de madera

  • Pistas y caminos prohibidos

  • Pruebas de motocross o autocross fuera de circuitos

  • Reservas integrales y naturales

  • Enclaves naturales

  • Áreas naturales recreativas

  • Cañadas

  • Camino de Santiago

  • Calzadas históricas

  • Ruta del Plazaola,

  • Áreas de protección de fauna

  • Cursos fluviales, lagunas, embalses o zonas húmedas

Excepciones a la prohibición

  • Servicios públicos

  • Actividades agropecuarias

  • Actividades forestales

  • Actividades educativas

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • 10

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • -

Autorizaciones previas

  • Circuitos, rutas o itinerarios permanentes

  • Pruebas deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Plano catastral  escala 1:5.000

  • Memoria descriptiva

  • Posible fianza de 3.000 € o seguro

  • Medidas protectoras que se exijan

Sanciones

  • Ley Foral 2/93

País Vasco (Álava) Objeto

  • Uso de caminos y vías forestales

Ámbito afectado

  • Montes patrimoniales de Álava

  • Montes de utilidad pública de Álava

Está

permitido expresamente...

  • Vías y caminos de tránsito autorizados

  • Áreas acondicionadas para ello

Prohibido

  • Circulación con suelo no seco

  • Vías y caminos no expresamente autorizados

Excepciones a la prohibición

  • Previa autorización

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • -

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • -

Autorizaciones previas

  • Excepciones a las prohibiciones

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • Posible de fianza

Sanciones

  • Multa de 12 a 600 euros más daños y perjuicios

País Vasco (Guipúzcoa) Objeto

  • Circulación de vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Montes de la Diputación Foral de Guipúzcoa

  • Montes de utilidad pública de Guipúzcoa

Está permitido expresamente...

  • Vías de tránsito autorizadas con señalización

  • Áreas específicamente acondicionadas con señalización

Prohibido

  • Circulación fuera de las zonas y vías indicadas

Excepciones a la prohibición

  • Funciones de vigilancia

  • Gestión técnica de los predios

  • Aprovechamientos

  • Casos de emergencia o fuerza mayor

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

Límite de vehículos

  • -

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • Según reglamento (inexistente)

Autorizaciones previas

  • De forma excepcional fuera de las vías y áreas autorizadas:

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

  • Otras actividades con vehículos a motor

  • Trabajos con vehículos a motor

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 15 días de antelación

  • Medidas precautorias que se exijan

  • Posible fianza

  • Club o entidad responsable

  • Municipio al que pertenece

  • Recorrido

  • Fecha

  • Duración

  • Nº y tipo de vehículos participantes

Sanciones

  • Hasta 600 euros

ValenciaObjeto

  • Circulación de vehículos con o sin motor

Ámbito afectado

  • Terrenos forestales

Está permitido expresamente...

  • Pistas forestales no expresamente prohibidas

Prohibido

  • En excursiones organizadas y pruebas deportivas:

  • Uso de bocinas

  • Uso de megafonía

  • Reparto de propaganda gráfica fuera de salida y meta

  • Competiciones nocturnas

Excepciones a la prohibición

  • -

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • Siempre que circulen a menos de 100 m de distancia:

    • 4 para coches y quads

    • 6 para motos

    • 15 para bicicletas

Distancia entre vehículos

  • Más de 100 m para que no se considere excursión organizada si se pasa el nº de vehículos indicado

Velocidad máxima

  • 30 km/h, exceptuados servicios de urgencia y actividades deportivas autorizadas

Autorizaciones previas

  • Actividades deportivas

  • Excursiones organizadas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito en modelo normalizado

  • Plazo de dos meses

  • Autorización de los propietarios del terreno

  • Conformidad de la Federación (pruebas deportivas)

  • Mapa escala 1:50000 de IGN con itinerario

  • Fianza de 1200 euros

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Ley 3/93 de la Comunidad Valenciana



La AUTT y el Dakar

El próximo sábado día 3 se realiza una etapa del Dakar en Castellón, como vienesiendo habitual en los últimos años, volveremos a montar el estand de la AUTT,para dar información a todos los aficionados que se acerquen a ver la pruebamas importante del mundo del todoterreno. Todos los que vengáis no dudéis en pasaros a saludar a los amigos de Valencia, queestarán trabajando por la AUTT
NUESTROS MEJORES DESEOS PARA EL 2004



Navidad: abetos, musgo, acebo y setas

Otro de los Clubs con mayor presencia y seriedad se unen al proyecto AUTT afiliándose como Entidad Colaboradora. En esta ocasión se trata de Raidaventura que además de gestionar uno de los circuítos permanentes de TT más afamados (conocido como 'circuíto de Ocaña'), realiza nuemrosas actividades de forma continuada, siendo algunas tan destacadas como el Campeonato de Orientación de CM.


Raidaventura se suma al proyecto AUTT

Otro de los Clubs con mayor presencia y seriedad se unen al proyecto AUTT afiliándose como Entidad Colaboradora. En esta ocasión se trata de Raidaventura que además de gestionar uno de los circuítos permanentes de TT más afamados (conocido como 'circuíto de Ocaña'), realiza nuemrosas actividades de forma continuada, siendo algunas tan destacadas como el Campeonato de Orientación de CM.


La AUTT en el Trial de Series de Ocaña

La AUTT nuevamente se acercó a los aficionados al 4x4 asistiendo al trial de Ocaña que fué un éxito rotundo y que gozó de un dia soleado. No solamente se colaboró en el diseño del reglamento y en las verificaciones técnicas, sino que también se estuvo presente en el evento con un puesto de información que despertó gran interés entre los presentes generando numerosas visitas para informarse sobre los objetivos y enfoque. Las altas de ese día se beneficiaron del regalo de una singular oferta de una funda para rueda de repuesto de nuestra Entidad Colaboradora Hella.


La AUTT en la revista Coche Actual

El semanario del motor Coche Actual lanzará la semana que viene un numero dedicado a la legislación que regula la circulación de vehículos y abordan también la circulación fuera de asfalto, habiendo elegido a la AUTT como referencia en cuanto a fuentes de información y actuación ante la administración.

 


Buena impresión con la administración catalana

Ambiente positivo, interés en escuchar a los usuarios y mucho trabajo por delante.
El pasado 7 de Octubre, la Directiva de la AUTT mantuvo una reunión con el Departamento de Medio Ambiente de la administración catalana al igual que ya se hiciera antes del verano con la madrileña, y como ya sucediese en ....

Madrid, han quedado gratamente sorprendidos por la iniciativa y flosofía que inspira a la AUTT.
Tras atender con interés a la presentación de la Asociación, se produjo el intercambio de algunas ideas y propuestas, habiendo coincidencia de posturas de ambas partes en bastantes de ellas. En concreto, han prometido convocarnos para tratar los próximos cambios a la ley que en la actualidad ya están estudiando, y también participar activamente en dos ambiciosos proyectos de la AUTT: la creacion de una mesa redonda con representantes de todos los sectores implicados en la practica del TT en el campo, y la elaboración de un 'Libro Blanco del Todoterreno', de lo que iremos informando a medida en que se avance en cada uno de los proyectos.
Hace 2 dias hemos vuelto a hablar con ellos sobre las implicaciones y legalidad de la iniciativa del pago de peajes por el paso por caminos y han mostrado su sorpresa ante tal medida de la que por el momento no habían sido advertidos por parte de sus promotores.


Peajes Off-Road en Cataluña !

Confirmado lo que decíamos en la noticia anterior. El propio Alcalde de Les Valls de Valira ha confirmado la intencion de implantar peajes por el uso de las pistas.

Adjuntamos a continuacion los recortes de prensa:
2 de septiembre de 2003, 16h00
Les Valls de Valira (Lleida) cobrará peaje a las motocicletas que accedan a los bosques de la localidadEl ayuntamiento de les Valls de Valira (Lleida) cobrará peaje a las motocicletas que accedan a los bosques del municipio para evitar el paso incontrolado de estos vehículos por los caminos de montaña y proteger, de esta manera, el entorno natural de la zona.
Según explicó hoy el alcalde de la localidad, Pere Artigues, en los últimos meses se ha incrementado de forma considerable el tráfico de motos por los bosques del municipio, mayoritariamente procedentes de empresas de turismo andorranas. Artigues añadió que una parte de los ingresos que genere la tasa revertirán en la mejora de estas pistas forestales.
De momento, el consistorio está redactando la nueva ordenanza que regulará el acceso de las motocicletas a los bosques de la población, por ello aún no ha definido la tarifa que tendrán que pagar este tipo de vehículos, una tasa que se empezará a cobrar a partir del 1 de enero de 2004 y variará en función de los kilómetros recorridos.
Además, Artigues afirmó que el ayuntamiento marcará los itinerarios para que las motos no salgan de los caminos y respeten las propiedades privadas y los bosques.
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2 de Septiembre de 2003
Un pueblo leridano cobrará peaje a todas las motos que accedan a los bosques del municipio El objetivo es controlar el paso de estos vehículos para proteger el entorno natural de la zona
El Ayuntamiento de Les Valls de Valira, situado en la comarca leridana del Alt Urgell, ha anunciado que cobrará un peaje a todas las motocicletas que accedan a los bosques del municipio, con el objetivo de controlar el paso de estos vehículos por los caminos de montaña y proteger así el entorno natural de la zona.
El consistorio está redactando una nueva ordenanza que regulará el acceso de las motocicletas a sus bosques, aunque de momento no se han hecho publicas las tarifas que se aplicaran. Sin embargo, la nueva ordenanza entrará en vigor a partir del 1 de enero del próximo año, según confirmaron fuentes del Ayuntamiento.
El alcalde del municipio, Pere Artigues, explicó que muchas empresas de ocio de Andorra 'utilizan los caminos de nuestros bosques para excursiones turísticas en moto y hasta ahora no se podía establecer ningún control'.
Esta iniciativa será expuesta en una próxima reunión con alcaldes del resto de la comarca del Alt Urgell para que, si lo consideran oportuno, se sumen al proyecto de aplicar tasas en sus respectivos términos municipales para regular el acceso a los bosques y, de esta forma, protegerlos.


Peajes en las pistas catalanas

Confirmado lo que decíamos en la noticia anterior. El propio Alcalde de Les Valls de Valira ha confirmado la intencion de implantar peajes por el uso de las pistas.

Adjuntamos a continuacion los recortes de prensa:
2 de septiembre de 2003, 16h00
Les Valls de Valira (Lleida) cobrará peaje a las motocicletas que accedan a los bosques de la localidadEl ayuntamiento de les Valls de Valira (Lleida) cobrará peaje a las motocicletas que accedan a los bosques del municipio para evitar el paso incontrolado de estos vehículos por los caminos de montaña y proteger, de esta manera, el entorno natural de la zona.
Según explicó hoy el alcalde de la localidad, Pere Artigues, en los últimos meses se ha incrementado de forma considerable el tráfico de motos por los bosques del municipio, mayoritariamente procedentes de empresas de turismo andorranas. Artigues añadió que una parte de los ingresos que genere la tasa revertirán en la mejora de estas pistas forestales.
De momento, el consistorio está redactando la nueva ordenanza que regulará el acceso de las motocicletas a los bosques de la población, por ello aún no ha definido la tarifa que tendrán que pagar este tipo de vehículos, una tasa que se empezará a cobrar a partir del 1 de enero de 2004 y variará en función de los kilómetros recorridos.
Además, Artigues afirmó que el ayuntamiento marcará los itinerarios para que las motos no salgan de los caminos y respeten las propiedades privadas y los bosques.
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2 de Septiembre de 2003
Un pueblo leridano cobrará peaje a todas las motos que accedan a los bosques del municipio El objetivo es controlar el paso de estos vehículos para proteger el entorno natural de la zona
El Ayuntamiento de Les Valls de Valira, situado en la comarca leridana del Alt Urgell, ha anunciado que cobrará un peaje a todas las motocicletas que accedan a los bosques del municipio, con el objetivo de controlar el paso de estos vehículos por los caminos de montaña y proteger así el entorno natural de la zona.
El consistorio está redactando una nueva ordenanza que regulará el acceso de las motocicletas a sus bosques, aunque de momento no se han hecho publicas las tarifas que se aplicaran. Sin embargo, la nueva ordenanza entrará en vigor a partir del 1 de enero del próximo año, según confirmaron fuentes del Ayuntamiento.
El alcalde del municipio, Pere Artigues, explicó que muchas empresas de ocio de Andorra 'utilizan los caminos de nuestros bosques para excursiones turísticas en moto y hasta ahora no se podía establecer ningún control'.
Esta iniciativa será expuesta en una próxima reunión con alcaldes del resto de la comarca del Alt Urgell para que, si lo consideran oportuno, se sumen al proyecto de aplicar tasas en sus respectivos términos municipales para regular el acceso a los bosques y, de esta forma, protegerlos.


La AUTT ya es marca

Ya ha salido publicado en el BOPI (Boletin Oficial de la Propiedad Industrial) el reconocimiento público de la marca AUTT y su logotipo y emblema otrorgando su propiedad a la Asociación de Usuarios del Todoterreno, paso requerido para evitar el uso no autorizado de los mismos.


La AUTT en la prensa

El diario AS, en su sección Motor, ha publicado hoy Viernes 3 de Octubre una reseña sobre la AUTT y la problemática del todoterreno. Desde aquí, nuestro agradecimiento por el interés mostrado por nuestra actividad.


Fiesta en Laguna de Duero MMAA

Como ya nos viene siendo la costumbre, pasamos un fin de semana fenomenal en Laguna de Duero, en compañía de multitud de socios y sus familias gozando de camaradería y amistad.

El buen ambiente de la concentración se vió premiado por una meteorología que pese a todos los pronósticos nos reservó sol y temperaturas ideales para disfrutar del campo.

Hubo rutas, pruebas y diversión a raudales.

 

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Los Clubs se siguen sumando al proyecto

En esta ocasion es en Cataluña donde acabamos de sumar a nuestras filas el apoyo de dos Clubs comprometidos con el futuro del todoterreno y que apoyan la iniciativa de que se practique de forma sostenible.
Hay que insistir en que la acción de los Clubs es extraordinariamente importante para que juntos podamos avanzar en el proyecto de la AUTT.Las últimas incorporaciones en la Delegación Catalana han sido el Club TOTTRACCIO y Club TORTUGA.
¡Bienvenidos!


ADT con los usuarios del TT

La compañía ADT, perteneciente al grupo internacional Tyco, acaba de sumarse a la AUTT como Entidad Colaboradora. ADT está especializada en el sector de la seguridad y vigilancia electrónica, tanto para particulares, como profesionales y empresas. Además de ofrecer los productos y servicios dotados de los avances tecnológicos más innovadores del momento, dentro de su política de apoyar iniciativas constructivas en el sector medioambiental como una forma de contribuir a su mejora, ha decidido apoyar a la AUTT como reconocimiento del esfuerzo en promover la práctica responsable y respetuosa del TT, habiendo contribuído muy positivamente a esta decisión la campaña realizada recientemente sobre la prevención de incendios forestales realizada en estos meses de verano y que tristemente este verano se ha mostrado tan necesaria como insuficiente, y que gracias al patrocinio de empresas como ADT podremos mejorar en próximas ediciones.



Nueva EC: Rutas 4x4

Rutas Turísticas 4x4, uno de los clubes decanos de Cantabria, acaba de incorporarse a nuestro proyecto. Su responsable, Gustavo Herrero, muestra su compromiso de esta manera no solamente con la AUTT, sino también con los socios de la misma a los que ofrece descuentos en las actividades que desarrolla el club en nuestra provincia. Esta incorporación es muy importante, puesto que desde hace tiempo, antes incluso de la existencia de la AUTT, ha estado en estrecho contacto con las autoridades de Cantabria en relación a las actividades 4x4 y su posible regulación. Será por lo tanto un buen pilar en las gestiones para la regulacion del TT en la región cántabra. El club cuenta con una Web www.rutas.4x4.nu en la que se puede obtener mas información del club.


La ley cambia en Cataluña

Como anunciábamos ayer, una vez conseguida y leida la Sentencia nº 554/2003 de11 de junio, dictada por el Tribunal Superior deJusticia de Catalunya en el RecursoContencioso-Administrativo nº 1269/1998, interpuestopor la asociación ecologista DEPANA contra ......

el artículo 5.1 apartados b)y c) y el artículo 29.1 del Decreto166/1998, de 8 de julio de regulación del accesomotorizado al medio natural, os informamos de que:

1.- La sentencia es muy corta y con poco razonamientojuridico, pero suficiente a nuestro entender, por lasevidentes razones jurídicas de peso que llevan al pronunciamiento.
2.- La sentencia simplemente anula los artículoscitados del Decreto, por lo que sigue vigente el restodel articulado.
3.- Con esta sentencia, definitivamente, en Cataluña yconforme a la Ley de acceso motorizado al medionatural de 1995 a la que el citado Decreto desarrolla,solo se puede circular (ya sea en moto o en coche),por las pistas asfaltadas (sean de la anchura que sea)y por los caminos y pistas no asfaltados de anchuraigual o superior a 4 metros).
4.- La causa de anulación de los artículos referidos,por otro lado, no está basada en un fundamento defondo de defensa de la naturaleza o algo similar. Esuna simple cuestión de forma: Un decreto (norma derango inferior) regula una cuestión de forma distintaa como lo hace la ley (norma de rango superior) a la que desarrolla y, por tanto, el decreto, en esa parte,es nulo.
5.- En cuanto a las posibles medidas que desde la AUTTpodamos realizar para remediar esta situación, como yaos adelantábamos en un correo previo, son pocas oninguna. La única que entendemos posible, que por otrolado no tiene carácter jurídico, sería tratar deinfluir políticamente para que se cambie directamentela ley (lo que sí sería válido y legal). No obstante,esta medida parece, en principio, de difícilrealización, pues hoy por hoy es bastante más fuertela presión política que puedan hacer las asosciaciones ecologistas. No obstante en la Junta Directiva estudiaremos la conveniencia de realizar alguna actuación en tal sentido y, en su caso, la mejor forma de llevarla a cabo, en cuyo caso os informaríamos, tanto de la actuación como de su resultado. Una vez mas, la union de todos es nuestra fuerza. ¿vas a dejarnos solos?
Saludos,
La Junta Directiva


ALERTA: ¡ Cambios en Cataluña !

La situación legal del TT en Cataluña ha cambiado recientemente por la sentencia nº 554/2003 que modifica el decreto 166/1998, lo que impone serias restricciones a la práctica del TT. En estos momentos, nuestros servicios jurídicos están haciendo las gestiones oportunas para valorar el alcance de la modificación y la puesta en marcha de la misma así como si es posible recurrir la nueva situacíón, de todo lo cual se seguirá informando en esta web.


Descuento en seguro nuevo

En Julio advertíamos que la AUTT hacía una apuesta por concienciar a los usuarios sobre el riesgo de incendios forestales y la necesidad de extremar las precauciones en las excursiones. La situación actual con las temperaturas sufridas en las últimas semanas y la completa ausencia de lluvias hace IMPERATIVO que evitemos salir al monte hasta que remita la situación. Mientras tanto, las salidas a las riberas de los rios o los trayectos entre pueblos por pistas de concentración parcelaria puedes ser el sucedáneo de las esperadas salidas.
Recuerda que nosotros queremos monte todo el año, y si para que se conserve tenemos que abstenernos dos meses, ¡habrá que hacerlo!