A.U.T.T.

Si sales al monte, que no se note que has estado.

 

Protesta por la prohibición

Los pilotos y la prensa han convocado para el domingo día 23, en el mismo lugar donde debía celebrase el campeonato (Seva) a los usuarios y simpatizantes del 4x4, para así demostrar su indignación y protesta por la prohibicion, por parte del Departament de Medi Ambient, de la celebración de la prueba del Campeonat de CatalunyaLos organizadores del trial (Grup 4x4 d’Osona) no tienen nada que ver con la convocatoria, como anunciábamos en el anterior articulo y pedimos disculpas por este error.


Se suspende una prueba del campeonato de trial de Catalunya

El departamento de Medi Natural de la Generalitat de Catalunya prohíbe a partir del 07-05-2004 toda competición motorizada en el medio natural. La aplicación de esta nueva normativa no permite la celebración del trial de Catalunya en Seva (Vic) del próximo domingo día 23.

Las pruebas del campeonato de trial de Catalunya se caracterizan por su aceptación en la zona y la buena organización del 'Grup 4x4 d'Osona', capitaneados por “Cunillaire”, simpre organizados con sus correspondientes permisos , en fincas particulares y con la prioridad de minimizar los efectos en la zona y ser lo máximo de respetuosos con el medio ambiente.


El peaje de los caminos en Cataluña

El pasado verano se disparó la alarma por el anuncio de un municipio catalan de su intención de cobrar peaje por el uso de sus caminos forestales y no precisamente baratos. La AUTT manifestó en su momento a los responsables de la iniciativa la preocupación por la medida, los problemas que implicaría su puesta en marcha y las reacciones que podría implicar. Tras los contactos mantenidos con el consistorio, en una reciente conversación con su Alcalde nos confirmaba que finalmente la medida se limitará a las excursiones organizadas por Clubs que deberán tramitar el permiso correspondiente, y en principio si el comportamiento de los excursionistas particulares no hace necesario tomar medidas, tendrían éstos libre acceso.


La AUTT en Catalunya Radio

El lunes 19 a las 10, la AUTT ha protagonizado el espacio dedicado al motor del programa de radio 'El mati de Catalunya Radio' presentado por Antoni Bassas y Josep Lluis Luis Merlos.
El programa de radio, lider de audiencia en Cataluña, ha servido durante media hora como plataforma para dar a conocer los planteamientos de de la Asociación compartiendo nuestro secretario Eduard Domenech mesa redonda con Fracesc Artau de Nissan Motor Ibérica abordando también la problemática del cierre de caminos y logrando un excelente ambiente que trascendió a los oyentes.
Puedes escuchar el programa grabado pulsando AQUI

 


Nuevo Club Land Rover

La AUTT ha participado con un representante de la Junta Directiva en el II Forum Internacional sobre Ecoturismo celebrado el 1 y 2 del presente mes de Abril en un encantador rincón de la geografía catalana. El objetivo del foro es el intercambio de ideas y perspectivas sobre lo que se ha llamado el nuevo 'turismo verde' al que los aficionados al TT nos sentimos tan vinculados. En el Foro han estado representados parques Naturales, gestores de actividades turístico-rurales y técnicos de la Administración y se ha debatido sobre las experiencias y expectativas de este tipo de turismo.
Algunos de los asistentes ya tenían conocimiento de la AUTT y su filosofía y otros han sido gratamente sorprendidos al conocer nuestras propuestas. Unos y otros se han manifestado interesados en conversar con tranquilidad y conocernos con mas detalle.


Participación en el II Forum Internacional sobre Ecoturismo

La AUTT ha participado con un representante de la Junta Directiva en el II Forum Internacional sobre Ecoturismo celebrado el 1 y 2 del presente mes de Abril en un encantador rincón de la geografía catalana. El objetivo del foro es el intercambio de ideas y perspectivas sobre lo que se ha llamado el nuevo 'turismo verde' al que los aficionados al TT nos sentimos tan vinculados. En el Foro han estado representados parques Naturales, gestores de actividades turístico-rurales y técnicos de la Administración y se ha debatido sobre las experiencias y expectativas de este tipo de turismo.
Algunos de los asistentes ya tenían conocimiento de la AUTT y su filosofía y otros han sido gratamente sorprendidos al conocer nuestras propuestas. Unos y otros se han manifestado interesados en conversar con tranquilidad y conocernos con mas detalle.


Nueva EC: Club Pura Vida 4x4

Un nuevo Club se une al proyecto AUTT afiliándose como Entidad Colaboradora. En esta ocasión se trata del CLUB PURA VIDA 4X4 de Parets del Valles (Catalunya).

Mas información en: www.puravida4x4.com


Cabana y Ponteceso 2 nuevos MMAA

Los municipios gallegos Cabana y Ponteceso se han sumado al programa Municipio Amigo de la AUTT dejando claro que ven en el Todoterreno una forma más de turismo rural.
El proximo 1 y 2 de Mayo, en Galicia celebraremos la inauguración de los 2 primeros Municipios Amigos del Todoterreno en Costa da Morte con una concentración que incluye rutas, prueba de orientación, comida de hermandad y mucha diversión para todos aparte de la oportunidad de conocer ese fantástico rincón de Galicia.
En los próximos dias iremos anunciando el programa para que puedas inscribirte. ¡No te despistes!


Tambien nosotros condenamos la atrocidad

Madrid 11 de Marzo: Una fecha para recordar.

Desde la Junta Directiva de la AUTT nos queremos sumar a la indignación popular que este acto criminal genera en justicia, y nuestro apoyo y condolencia a todos los socios que directa o indirectamente hayan sido afectados por la crueldad de unos pocos así como al resto de víctimas y sus familiares. La AUTT nada tiene que ver con la política, pero como entidad social que somos no podemos pasar de largo ante este incalificable hecho.

Los aficionados al 4x4 rinden hoy honor a los inocentes caidos en Madrid el 11 de Marzo del 2004 y a sus familias.

Jose A. Llamas
Presidente AUTT


Avanzamos en Cataluña

Tras los distintos contactos realizados con las autoridades catalanas comenzados ya hace meses y la participación de la AUTTen el programa debate en la televisión autonómica, el Consejero de Medio Ambiente de la Generalitat convocó una reunión a la que fuimos invitados junto a representantes de otros colectivos implicados en las restricciones del acceso al medio ambiente.
El 5 de marzo se produjo la reunión y quedó patente la diversidad de posturas y que todas ellas han de ser tenidas en cuenta antes de proyectar la nueva ley que el gobierno catalán tiene en mente ya que la actual se ha mostrado confusa y no satisface a ninguna de las partes.
El resultado de la reunión ha sido muy satisfactorio y entre los acuerdos alcanzados está la creación de un foro en el que participen de manera equilibrada representantes de los colectivos implicados y que vayan aportando posiciones y alternativas que la Consejería tendrá en cuenta a la hora de elaborar los textos de la futura ley.
Aun queda mucho por andar, pero estamos en ello....




Sigue el debate en TV3

Después del debate de la semana pasada, esta semana (viernes día 20 a las 22:30) se ha confirmado la presencia del Conseller de Medi Ambient de Catalunya, Sr. Milà para responder a la demanda de los participantes en el anterior programa.No podremos estar presentes pero si que podemos enviar nuestros puntos de vista, peticiones o quejas al e-mail del programa: cosesquepassen@tvcatalunya.com o en el foro delprograma o durante el programa a través de SMS al nº 7033.

 


La AUTT en el debate de TV3 sobre el acceso al campo

La AUTT ha sido invitada a participar este viernes 13 de febrero en el programa/debate “les cosses que passen” de TVC (Televisión de Catalunya). El debate con el provocativo titulo: “El bosc, cap respecte” (El bosque, ningún respeto) generará sin duda polémica y se emite en directo a partir de las 22:30 por TV3 (catalunya) y a la misma hora en TVCi (Canal internacional de TV3) a través de satélite (Astra y Canal satélite digital). Desde la AUTT pretendemos defender la postura de que el TT bien practicado no provoca daño y que queremos ser escuchados en los proyectos de regulación. Durante el programa se admiten mensajes de los espectadores y esperamos muestras de apoyo de socios y simpatizantes. ¡participa!.
A este debate están invitados también pescadores, cazadores, motoristas, recolectores de setas, propietarios de bosques, ayuntamientos, .... y por supuesto defensores del integrismo ecologista. Este programa, dirigido y ....

presentado por Josep Cuní, se convierte cada viernes en un espacio de conversación y divulgación. A partir de la conversación clara y directa con los invitados presentes en el plató de TV3, para comentar las 'Coses que passen' y que 'els passen', el programa es un foro abierto al dialogo y a la participación. También, de manera interactiva, los espectadores pueden participar enviando sus mensajes a través del teléfono móvil, o a través del correo electrónico: cosesquepassen@tvcatalunya.com También las personas que se sientan aludidas y que crean que pueden ampliar las consideraciones que en aquellos momentos se están debatiendo, disponen de un teléfono de participación directa pera intervenir inmediatamente.


Cultura, dinosaurios, 4x4 y Entidades Colaboradoras

Irma Pastor Diaz, la hija de nuestros socios y amigos Aurora (258) y Santiago (165) acaba de ser inscrita como socia de la AUTT a los pocos minutos de su nacimiento hoy 10 de febrero de 2004 resultando su inscripción en nuestros libros oficiales el primer reconocimiento registrado en la vida de la peque teniendo ya su propio numero de socio.
Desde la Directiva de la AUTT y en nombre de todos los socios, le damos la enhorabuena a los padres y nuestra más calurosa bienvenida a nuestra socia más joven, y hacemos un voto para que entre todos podamos brindarle la oportunidad de que cuando sea mayor pueda disfrutar de los caminos y parajes ibéricos que tanto nos ilusionan.


El socio mas joven de la AUTT !

Irma Pastor Diaz, la hija de nuestros socios y amigos Aurora (258) y Santiago (165) acaba de ser inscrita como socia de la AUTT a los pocos minutos de su nacimiento hoy 10 de febrero de 2004 resultando su inscripción en nuestros libros oficiales el primer reconocimiento registrado en la vida de la peque teniendo ya su propio numero de socio.
Desde la Directiva de la AUTT y en nombre de todos los socios, le damos la enhorabuena a los padres y nuestra más calurosa bienvenida a nuestra socia más joven, y hacemos un voto para que entre todos podamos brindarle la oportunidad de que cuando sea mayor pueda disfrutar de los caminos y parajes ibéricos que tanto nos ilusionan.


No hay opción: si no actuamos, el problema va a ser muy serio.

Lo que se nos viene encima va a ser muy gordo. Lo más serio que puede afectar irreversiblemente al sector del TT a nivel de todo el estado español. Tanto como que las actuales restricciones de las que tanto se quejan los usuarios van a resultar una 'chiquillada' en comparación con lo que se avecina.
En el Parlamento Europeo se han dictado las Directivas .....

comunitarias 79/409/CEE y 92/43/CEE de las que nace un proyecto llamado 'Red Natura 2000'. Dicho proyecto pretende la recuperación de habitats enfocado a las poblaciones animales y vegetales autóctonas, y abarca un total de 40 millones de hectáreas de terrenos de las cuales, la mayor cantidad (16 millones de ha) corresponden a España con un 37% de hectareas (sobre toda la UE) y que afectan a un 28% del territorio Español de norte a sur y de este a oeste debido a la biodiversidad con la que contamos.

CCAA

Areas interés Comunitario Protección Especial
  Número
Mm/has
Superficie
%
Territ.
mm/has
Número
Mm/has
Superficie
%
Andalucía 212 2,60 28,6 22 1,00
Castilla y León 142 2,20 23,3 60 1,90
Castilla-La Mancha 82 1,50 20,7 26 1,00
Aragón 155 1,00 21,5 11 0,30
Extremadura 86 0,80 19,9 14 0,60
Cataluña 62 0,60 19,4 6 0,07
Canarias 174 0,50 38,0 27 0,20
Otras CCAA 293 2,60   137 1,10
TOTALES 1.206 11,80 22,7 303 6,17

La AUTT y sus asociados en modo alguno se oponen al proyecto de recuperaión de habitats y en todo caso nos manifestamos dispuestos a colaborar en lo posible al buén fin del proyecto, pero sin embargo, queremos asegurar que el proyecto no se convierta en la apetecible excusa para cerrar el paso a diestro y siniestro con el argumento de que son espacios protegidos y hasta las moscas están inventariadas.
Desde la AUTT defenderemos la integración de un proyecto como el de Red Natura 2000 que incluya el necesario diálogo con las partes afectadas para estudiar su implantación en la búsqueda del desarrollo sostenible y la conservación de habitats y especies.
Durante el proceso de creación y determinación de los espacios que componen esta red ecológica y hasta la fecha, tanto el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación como las distintas organizaciones agrarias, ganaderas, de cazadores, pescadores, silvicultores, y otras industrias afectadas, han permanecido ausentes y al margen de este proceso.
Tanto en la celebración de distintos seminarios, como en la elaboración y presentación de las propuestas realizadas por las diferentes comunidades autónomas, y de los criterios técnicos establecidos para determinar los espacios incluidos en la Red Natura 2000, no se ha contado, en ningún momento, con la participación de los propietarios de los terrenos, los cazadores, los agricultores y otros colectivos afectados ni desde luego nosotros los aficionados al TT.
La AUTT ya está en conversaciones con representantes de otros colectivos afectados para la participación en la creación de una asociación que represente los intereses de todos los afectados desde agricultores y ganaderos hasta cazadores y excursionistas de fin de semana pasando por empresas forestales y hermandades rocieras.... todos serán afectados por el proyecto Red Natura 2000 si no se diseña en el caso español con sentido común y oyendo a todas las partes.
En esto todos nos jugamos mucho y debemos tener una única voz que se oiga con fuerza. ¡AYUDANOS!


Resumen de legislación sobre vías pecuarias

Normativa específica sobre Vías Pecuarias (nacional y de las CC.AA. con normas propias vigentes)

La vocalía de legislación de la AUTT ha elaborado el siguiente cuadro resumen en el que se recoge exclusivamente la normativa aplicable a las vías pecuarias, tanto la nacional como la de aquellas Comunidades Autónomas que han dictado normas específicas al respecto. Se ha realizado un resumen de los aspectos más interesantes en cuanto a la circulación de vehículos a motor, pero debe tenerse en cuenta que estas normas son bastante extensas y regulan muchos otros aspectos. Además de las normas indicadas, existe otra normativa que también es de aplicación y que debe consultarse antes de realizar o proyectar cualquier ruta, tales como normas sobre defensa y protección de la naturaleza y espacios naturales, circulación de vehículos a motor en espacios naturales, protección contra incendios y normas de declaración y protección de espacios naturales concretos y sus respectivos planes de ordenación de los recursos naturales. Por tanto, el usuario no debe confiar exclusivamente en el contenido del presente cuadro resumen.

Todo el territorio Nacional

Objeto

Normativa básica aplicable a las vías pecuarias:

.- Regulación uso de vías pecuarias.

.- Defensa de la integridad de las vías pecuarias.

.- Garantizar el uso público de las vías pecuarias.

.- Adecuada conservación de las vías pecuarias.

Definición de vía pecuaria

Las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero.

Tipos de vías pecuarias

.- Cañadas: anchura no superior a 75m.

.- Cordeles: anchura no superior a 37,5m.

.- Veredas: anchura no superior a 20m.

Usos compatibles

Usos tradicionales de carácter agrícola.

Usos complementarios

.- Paseo.

.- Senderismo.

.- Cabalgada.

.- Otras formas de desplazamiento deportivo con vehículos no motorizados.

Prohibiciones

Según CC.AA.

Circulación de vehículos

.- Vehículos y maquinaria agrícola.

.- Otros vehículos según CCAA.

Competencia

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Sanciones

Entre 60 y 150.000 euros.

Andalucía
Objeto

Normativa de ejecución:

.- Establecer los mecanismos de creación, delimitación, gestión y protección administrativa de las vías pecuarias.

.- Definir el ejercicio de los usos compatibles y complementarios.

.- Articular los derechos y obligaciones de aplicación.

Definición de vía pecuaria

Las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero.

Tipos de vías pecuarias

.- Cañadas: anchura no superior a 75m.

.- Cordeles: anchura no superior a 37,5m.

.- Veredas: anchura no superior a 20m.

Usos compatibles

.- Usos tradicionales de carácter agrícola.

.- Plantaciones forestales lineales, cortavientos u ornamentales.

.- Conservación de las masas vegetales autóctonas.

Usos complementarios

.- Usos que, respetando la prioridad del tránsito ganadero, la biodiversidad, el intercambio genético de especies faunísticas y florísticas, la movilidad territorial de la vida salvaje, la mejora y diversificación del paisaje rural, además del uso público y las actividades compatibles y complementarias, fomenten el esparcimiento ciudadano y las actividades de tiempo libre.

.- Paseo.

.- Senderismo.

.- Cabalgada.

.- Otras formas de desplazamiento deportivo con vehículos no motorizados.

Prohibido

.- Circular en el momento de transitar el ganado.

.- Ocupación permanente de la vía pecuaria.

Circulación de vehículos

.- Vehículos y maquinaria agrícola.

.- Titulares de explotaciones colindantes con la vía pecuaria y trabajadores de las mismas.

.- Otros vehículos previa autorización y con carácter excepcional y para uso específico y concreto.

Competencia

Consejería de Medio Ambiente

Sanciones

Entre 60 y 150.000 euros.

Castilla La-Mancha
Objeto

Establecer la normativa para la administración y gestión de las vías pecuarias de Castilla-La Mancha

Definición de vía pecuaria

Las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero.

Tipos de vías pecuarias

.- Cañadas: anchura no superior a 75m.

.- Cordeles: anchura no superior a 37,5m.

.- Veredas: anchura no superior a 20m.

.- Coladas: vías pecuarias, de carácter consuetudinario, de anchura variable.

Existen otras definiciones según el recorrido o el interés.

Usos compatibles

.- Uso prioritario: tradicional tránsito ganadero de régimen de trashumancia, trasterminancia y cualquier otro tipo de desplazamiento del ganado para pastar, abrevar o pernoctar.

.- Usos tradicionales de carácter agrario y puedan ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero.

.- Circulación de personas a pie, acompañadas de animales que permanezcan bajo su control y no perturben el tránsito ganadero.

.- Plantaciones forestales lineales, cortavientos u ornamentales.

Usos complementarios

.- Actividades recreativas y de esparcimiento.

.- Actividades deportivas sobre vehículos no motorizados no competitivas.

.- Senderismo.

.- Cabalgada.

.- Actividades educativas y formativas en materia de medio ambiente y del acervo cultural.

Prohibido

.- No podrán acondicionarse viales para el tráfico ordinario de vehículos motorizados ni dar acceso directo a parcelas de suelo urbano en las vías de servicio que, como consecuencia de Planes o Proyectos de Reorganización de la Propiedad Rústica, se acondicionen sobre franjas de vías pecuarias que deberán destinarse exclusivamente a facilitar el acceso a las fincas colindantes de carácter agrario cuando pueda realizarse en armonía con el tránsito ganadero.

Circulación de vehículos

.- Vehículos y maquinaria agrícola o forestal para su utilización en las explotaciones agrarias a las que den acceso (velocidad 40 km/h).

.- Circulación recreativa previa autorización.

Competencia

Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Sanciones

Entre 60 y 150.000 euros.

Castilla y León
Objeto

Regulación de la circulación vehículos a motor y pruebas deportivas motorizadas en los montes de Castilla y León, en los de utilidad pública, en los protectores, en las vías pecuarias en su tránsito por los mismos y en las declaradas de interés especial.

Definición de vía pecuaria

Según legislación nacional.

Tipos de vías pecuarias

Según legislación nacional.

Usos compatibles

Según legislación nacional.

Usos complementarios

Según legislación nacional.

Prohibido

Circular por sendas o campo a través.

Circulación de vehículos

Los vehículos a motor sólo podrán circular en las vías pecuarias señaladas anteriormente, por las carreteras o caminos no expresamente prohibidos.

Competencia

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Sanciones

Según legislación nacional.

Extremadura
Objeto

Regulación de las Vías Pecuarias.

Definición de vía pecuaria

Según legislación nacional.

Tipos de vías pecuarias

Según legislación nacional.

Usos compatibles

.- Usos tradicionales de carácter agrario y puedan ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero.

.- Plantaciones lineales, cortavientos u ornamentales, cuando permitan el tránsito normal de los ganados.

Usos complementarios

Con respeto de la prioridad del paso de los ganados:

.- Paseo.

.- Senderismo.

.- Cabalgada.

.- Otras formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados.

Prohibido

Según legislación nacional.

Circulación de vehículos

Con respeto de la prioridad del paso de los ganados:

.- Comunicaciones rurales.

.- Desplazamiento de vehículos y maquinaria agrícola.

.- Otros vehículos previa autorización y con carácter excepcional y para uso específico y concreto.

Competencia

Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Sanciones

Según legislación nacional.

La Rioja
Objeto

Régimen específico de protección, mantenimiento y uso racional de las vías pecuarias de La Rioja.

Definición de vía pecuaria

Rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero en sus movimientos estacionales.

Tipos de vías pecuarias

.- Cañadas: anchura no superior a 75m.

.- Cordeles: anchura no superior a 37,5m.

.- Veredas: anchura no superior a 20m.

Usos compatibles

.- Usos tradicionales de carácter agrario y puedan ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero.

.- Plantaciones lineales, cortavientos u ornamentales, cuando permitan el tránsito normal de los ganados.

Usos complementarios

Con respeto de la prioridad del paso de los ganados:

.- Paseo.

.- Senderismo.

.- Cabalgada.

.- Otras formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados.

Prohibido

Según legislación nacional.

Circulación de vehículos

Con respeto de la prioridad del paso de los ganados:

.- Comunicaciones rurales.

.- Desplazamiento de vehículos y maquinaria agrícola.

.- Otros vehículos previa autorización y con carácter excepcional y para uso específico y concreto.

Competencia

Consejería de Medio Ambiente.

Sanciones

Entre 60 y 150.000 euros.

Madrid
Objeto

Regulación de las cañadas reales y demás vías pecuarias existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Definición de vía pecuaria

Según legislación nacional.

Tipos de vías pecuarias

Según legislación nacional.

Usos compatibles

.- Circulación de personas a pie y de los animales que tengan bajo su control.

.- Plantaciones lineales, cortavientos u ornamentales compatibles con el tránsito del ganado.

.- Circulación de tractores y demás maquinaria agrícola para el servicio de las explotaciones agrarias contiguas o próximas a las vías.

Usos complementarios

Con respeto de la prioridad del paso de los ganados:

.- Paseo.

.- Senderismo.

.- Cabalgada.

.- Cicloturismo.

.- Esquí de fondo.

.- Cualquier otra forma de desplazamiento deportivo sobre vehículo no motorizado.

.- Recogida de frutos espontáneos.

Prohibido

.- La caza.

.- La publicidad, excepto paneles de información o interpretación, carteles y signos que establezcan las Administraciones Públicas o los que informen de servicios y establecimientos autorizados.

.- La extracción de rocas, áridos y gravas.

.- Los vertidos de cualquier clase.

.- El asfaltado o cualquier procedimiento semejante que desvirtúe su naturaleza.

.- El tránsito en vehículos todoterreno, motocicleta y cualquier otro vehículo motorizado, fuera de los casos previstos.

.- Las ocupaciones o instalaciones de cualquier tipo, no autorizadas.

.- Cualquier otra constitutiva de infracción penal o administrativa.

Circulación de vehículos

.- Maquinaria agrícola.

Con carácter excepcional:

.- Vehículos al servicio de establecimientos hoteleros, deportivos, culturales y educativos en el medio rural, contiguos o próximos a las vías, si no es posible el acceso a los mismos de otro modo.

.- Vehículos que sirvan para el acceso de sus habitantes a casas, granjas y explotaciones.

Previa autorización:

.- Actividades que desarrollen en las vías pecuarias las personas o entidades, tengan o no ánimo de lucro, como organizadoras de actividades recreativas, deportivas, culturales y educativas de sus socios o afiliados y terceros.

.- La celebración en las vías pecuarias de pruebas y competiciones deportivas.

Competencia

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

Sanciones

Entre 60 y 150.000 euros.

Navarra
Objeto

Establecimiento del régimen jurídico de las vías pecuarias de Navarra.

Definición de vía pecuaria

Las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero.

Tipos de vías pecuarias

.- Cañadas reales: vías pecuarias más relevantes de Navarra que unen zonas de pastos estivales con zonas de pastoreo de invernada y cuya anchura máxima sea de 80 metros.

.- Travesías: anchura máxima de 40 metros.

.- Pasadas y ramales: anchura máxima de 30 metros.

Usos compatibles

.- Usos tradicionales de carácter agrícola que no sean ocupación, y puedan ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero y sin deterioro de la vía pecuaria.

.- Plantaciones lineales, cortavientos u ornamentales, o similares que permitan el tránsito normal de los ganados.

Usos complementarios

Con respeto de la prioridad de paso ganadero:

.- Paseo.

.- Senderismo.

.- Equitación.

.- Formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados.

Prohibido

Según legislación nacional.

Circulación de vehículos

Con respeto de la prioridad del paso de los ganados:

.- Comunicaciones rurales.

.- Desplazamiento de vehículos y maquinaria agrícola.

.- Acceso a fincas.

.- Otros vehículos previa autorización y con carácter excepcional y para uso específico y concreto.

Competencia

Consejería de Medio Ambiente.

Sanciones

Entre 60 y 150.000 euros.


Nueva EC: Kwang

La publicación independiente sobre 4x4 en internet Kwang 4x4, acaba de afiliarse a la AUTT como Entidad Colaboradora del grupo 1 con el resto de revistas y publicaciones que ya nos apoyaban. Esta afiliación es un motivo de particular júbilo no solamente por tratarse de un proyecto que nació simultaneamente al de la AUTT empujado por amigos, sino que también se ha afiliado como Entidad Colaboradora del grupo 0 el Club Kwang que aglutina a un buén número de aficionados quienes desde ahora tienen mas cerca a la AUTT. Kwang es una publicación mensual y gratuita a la que puedes acceder en www.kwang4x4.com


Alerta: temporada de caza. Seamos compatibles

Llevamos ya varios meses de temporada de caza y nos llegan comentarios de socios relatando algunos incidentes realcionados con esto. Para empezar diremos que los cazadores son unos usuarios del monte como nosotros, y salvo que las pistas sean privadas por entrar a una finca sin que salgan de ella, el paso por ellas ......

debe ser como el resto del año pese a que esa zona sea un coto de caza. Un coto de caza significa que no podemos cazar en él, pero no significa que no se pueda hacer una paella. Sin embargo, debemos de reflexionar sobre la compatibilidad de ambas actividades y cómo disfrutar cada uno de la nuestra sin perjudicar al otro. Los cazadores practican su actividad previo pago de unos derechos muchas veces exagerados y hemos de entender que si por un coche que pase a gran velocidad, con ruido en el escape, o el cassette a todo volumen se les espantan las presas que han estado acechando toda la mañana se sientan perjudicados y alguno se le soliviente el ánimo.
Desde la AUTT, como siempre defendemos la compatibilidad del TT con el resto de colectivos que pretenden disfrutar del campo, y en este sentido llamamos vuestra atención para que siendo conscientes de que los cazadores están allí, seamos respetuosos y moderemos la velocidad de paso y si vemos un grupo de cazadores, evitemos aproximarnos pues sin duda se sentirán perjudicados y hablarán mal de nosotros en más de una ocasión con la merma de posibilidades de continuar nuestra labor que eso conlleva.
Recuerda que depende de todos para que no paguenmos justos por pecadores!


Nos quitan la Baja Aragón

Tras 20 años de cita puntual cada verano en el desierto de los Monegros para ver competir a los mejores de Europa en el campo de los raids duros de TT, parece que si nadie lo evita, nos quedamos sin la Baja Aragón.

Se está convocando bajo iniciativa privada por los propios aficionados un acto de apoyo y reivindicación para la que los organizadores esperan obtener el permiso de las autoridades que tendrá lugar el el 31-enero-2004 en Zaragoza en el Circuito Evasión 4x4 (La Cartuja, carretera Castellón), dirección a Valmadrid Km 1, punto GPS: 30T 0680487 UTM 4607307 a las 10:30 AM.

Si algun aficionado decide asistir, aconsejamos que pida confirmación a los organizadores de que finalmente la manifestación ha sido autorizada.

El coordinador de esta iniciativa es Javier Vicente y le puedes contactar en el 91 516 37 66 o javi_evasion4x4 (@) yahoo.es

NOTA IMPORTANTE: La AUTT aclara que aunque desea la recuperación de la prueba, no está vinculada a la iniciativa de ninguna manera y ruega un comportamiento ejemplar de los asistentes en los actos al objeto de dar buena imagen de nuestro colectivo que no agrave el rechazo que sufrimos en la actualidad.


En Ruta 4x4 nº 04 Diciembre 2003

Tras una andadura de mas de 1 año de la revista de la AUTT, inauguramos el 2004 con un nuevo formato más fresco y profesional.

Dejamos atrás el aspecto de pamfleto para llevar a cada socio y Entidad Colaboradora una revista como se merece habiendo convertido el sueño en realidad.




Desde la Junta Directiva, queremos agradecer a todos los que han trabajado duro para conseguirlo, a los que han aportado su granito de arena con sus artículos y fotos, y a todos aquellos que ansiosos por recibir cada número han anunciado su alegría al recibir la sorpresa del cambio.

Así mismo, queremos hacer un llamamiento para que socios y aficionados en general nos hagais llegar vuestros artículos manifestando vuestras preocupaciones e inquietudes en un texto de medio folio con letra arial 10 a la dirección revista@autt.org que tendrá la oportunidad de ser publicado tanto en la revista interna como en alguna de las revistas de 4x4 Colaboradoras de la Asociación.

Tu palabra nos interesa a todos, COLABORA !

.

La industria del neumático se acerca también a la AUTT

En este caso es INSA TURBO (Industrias del Neumático S.A.) quienes en un claro compromiso de ayudar a los aficionados al Todoterreno, ha decidido apoyar el proyecto de la AUTT sumándose a él al afiliarse como Entidad Colaboradora del grupo 3 (el mismo nivel en el que sitúan las grandes marcas de automóviles como Jeep, Land Rover, Suzuki, Santana, etc).

En una reunión con su Director General P. Antonio Perez, dejó patente la buena impresión causada por la iniciativa de la AUTT y sus planteamientos que se muestran decididos a apoyar. Insa Turbo es actualmente la marca española líder en el sector de neumático reconstruido disponiendo de una moderna factoría en Alicante y se encuentran certificados por varios organismos internacionales entre ellos el DOT americano. Puedes acceder a su web en: www.insaturbo.com donde podrás ver alguno de sus neumáticos.


Resumen general de legislación

Los enlaces a las ampliaciones, te llevaran a documentos especificos que se encuentran solo disponibles para Socios.

(Estatal)Ley de Montes (8 de junio de 1957)

[Resumen exhaustivo] [Texto completo en PDF]

Esta ley es posiblemente la más general, aparte de la Constitución, de cuantas podemos considerar en el estudio de la legislación relacionada con nuestra afición, de lo que es buena señal su antigüedad. De ella podemos obtener un conocimiento global de la naturaleza jurídica del terreno que pisamos, y los condicionamientos generales que pesan sobre él y sus propietarios

(Estatal)Ley de Vías Pecuarias (ley 3/1995, de 23 de marzo)

[Resumen exhaustivo] [Texto íntegro en PDF]

La ley de Vías Pecuarias trata sobre las vías usadas histórica o actualmente para el tránsito ganadero de largo recorrido, que pueden ser de varios tipos y recibir varios nombres. Todas ellas se hallan englobadas en la denominada Red Nacional de Vías Pecuarias. Estas vías son de dominio público, aunque se hallan bajo titularidad de las Comunidades Autónomas, quiénes son responsables de su gestión y mantenimiento. La circulación por ellas en cualquier vehículo motorizados está implícitamente prohibida (excepto para uso rural o ganadero, vigilancia y emergencias), según los artículos 16 y 17

(Estatal) Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre (Ley 4/1989, de 27 de marzo)

[Resumen exhaustivo] [Texto íntegro en PDF]

Esta ley responde a la demanda social de protección de ecosistemas naturales, cuyo uso estaba incrementando cada vez más la presión sobre ellos. En respuesta surge esta ley, en la cual se definen qué elementos naturales (de fauna, flora y gea) se van a proteger, así como los medios y procedimientos que se pondrán a disposición de la Administración para lograr su efectiva protección. Desde el punto de vista práctico, esta ley nos interesa porque es la que define qué son los Espacios Naturales Protegidos (Parques, Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos), Parques Nacionales, Especies Protegidas (En peligro de extinción, Sensibles a la alteración de su hábitat, Vulnerables y de Interés especial). Nos dice cómo y por qué se les da dicha categoría, en qué registros se controlan y por quién, qué prohibiciones o tratamientos especiales se les da por ello, y quienes son las autoridades competentes. También se entra parcialmente en el mundo de la caza y la pesca, desde el punto de vista de la definición de las especies susceptibles de ser consideradas de carácter cinegético o 'cazable'. En resumen, es una ley tan extensa como interesante.

(Aragón) Decreto 96/1.990, de 26 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la circulación y práctica de deportes, con vehículos a motor, en los montes bajo la gestión directa de la Comunidad de Aragón.

[Texto íntegro en PDF]

En la legislación Aragonesa se sigue la línea de permitir con carácter general la circulación de los vehículos por los montes públicos, mientras no se prohíba expresamente. Se puntualiza, como es habitual, que la velocidad está limitada a 30 km/h y que los vehículos deben estar equipados con silenciadores homologados.

Establece al igual que otras legislaciones el número máximo de vehículos que pueden circular en caravana sin autorización especial, cifrándolo en 5 vehículos; y como característica innovadora respecto a otras normas expresa la separación mínima entre grupos, que ha de ser de al menos 150mts. (facultando además a los agentes de vigilancia a exigir el cumplimiento de esta separación).

Si se desea circular en grupos de más de 5 vehículos, las solicitudes han de dirigirse por escrito al servicio provincial de Agricultura, Ganadería y Montes que corresponda (o a la Dirección General de Ordenación Rural si se circula por varias provincias) con al menos un mes de antelación.

(Canarias) Decreto 124/1995, de 11 de mayo, por el que se establece el régimen general de uso de pistas en los Espacios Naturales de Canarias.

[Texto íntegro]

(Castilla y León)Decreto 4/95, de 12 de Enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se regula la circulación y práctica de deportes, con vehículos a motor, en los montes y vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

[Texto íntegro]

Permite la circulación general por pistas y caminos de hasta 10 vehículos.

(Castilla-La Mancha)Decreto 34/2000, de 29 de febrero para la regulación del uso recreativo, la acampada y la circulación de vehículos a motor en el medio natural.

[Texto íntegro]

(Cataluña)Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural en Cataluña (BOE de 30 de agosto de 1995)

[Texto íntegro]

(Cataluña)Decreto 166/1998, de 8 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural (DOGC de 14 de julio de 1998)

[Resumen y Texto completo]

Esta ley regula de lleno nuestra actividad por el territorio Catalán, uno de los que más avanzados tiene este tipo de legislación debido a la gran afición que allí se da. En esta ley se tratan aspectos como la circulación de vehículos a motor por el medio natural, la concreción de qué caminos son o no transitables, etc.

(Comunidad Valenciana)Decreto 183/1994, de 1 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la circulación de vehículos por terrenos forestales.

[Texto íntegro]

(Galicia)Ley 9/2001, de 21 de agosto, de la Xunta de Galicia, de conservación de la naturaleza.

[Texto íntegro]

(La Rioja)Decreto 29/1994 (La Rioja), de 12 de mayo, regulador de la circulación y práctica de deportes con vehículos a motor en montes y terrenos forestales gestionados por la Comunidad (BO La Rioja núm. 65, de 24 de mayo de 1994)

[Texto íntegro en PDF]

(Madrid)Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid

[Texto íntegro]

(Madrid)Decreto 110/1988, de 27 de Octubre, por el que se regula la circulación y práctica de deportes con vehículos a motor en los montes a cargo de la Comunidad de Madrid

[Texto íntegro]

(Principado de Asturias)Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal

[Texto íntegro en PDF]

El principal objetivo de esta ley es regular el aprovechamiento de los montes y territorios forestales del Principado de Asturias, precisando la normativa general sobre su uso y control. Se indica (art. 40) que la Consejería en materia forestal es la responsable de controlar los diferentes aprovechamientos que se pueden realizar de los montes, los cuales incluyen actividades de ocio. En los espacios protegidos se atenderá a lo dispuesto en los planes rectores de los mismos. Desde el punto de vista del 4x4, lo más interesante se encuentra en el artículo 48, donde se afirma que son usos prohibidos entre otros ?el uso de aquellos elementos productores de ruido, ajenos a la actividad agraria, que puedan alterar los hábitos del ganado o de la fauna silvestre? y más concretamente ?las actividades motorizadas, ajenas a la actividad agroforestal, excepto en los circuitos o viales expresamente autorizados?, lo cual nos deja pocas posibilidades. En la parte consagrada a la materia de los incendios forestales, aparte de prohibir como norma general hacer fuego (art. 64.1) y obligarnos (lógicamente) a avisar de la presencia de cualquier fuego y a colaborar en su extinción si se nos requiere (art. 63) , se restringen aún más nuestras posibilidades, ya que el artículo 59.3 dice ?Asimismo, se podrán establecer limitaciones al tránsito por los montes, llegando a suprimirlo cuando el peligro de incendios lo haga necesario?.

VEHÍCULOS

(Estatal) Real Decreto 736/88 sobre reformas de importancia

[Texto íntegro] [Anotaciones]

OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

(Estatal) Algunas observaciones sobre la tramitación de los expedientes sancionadores

[Notas]

última actualización: 26/7/2.005


Resumen general de legislación fuera de asfalto

La legislación en el mundo del todoterreno

Normativa específica sobre circulación de vehículos a motor en el medio natural en las CCAA con normas propias vigentes

El siguiente cuadro resumen recoge exclusivamente la normativa general aplicable a la circulación de vehículos a motor por espacios naturales en aquellas Comunidades Autónomas que han dictado normas específicas al respecto.

Además de las normas indicadas, existe otra normativa que también es de aplicación y que debe consultarse antes de realizar o proyectar cualquier ruta, tales como normas sobre defensa y protección de la naturaleza y espacios naturales, vías pecuarias, protección contra incendios y normas de declaración y protección de espacios naturales concretos y sus respectivos planes de ordenación de los recursos naturales.

Por tanto, el usuario no debe confiar exclusivamente en el contenido del presente cuadro resumen, que se ofrece como indicador general de la normativa en cada CCAA que se cita.

AragónObjeto

  • Circulación vehículos a motor
Ámbito afectado

  • Montes gestionados por Aragón

  • Montes de utilidad pública

  • Montes consorciados y conveniados

Está permitido expresamente...

  • Caminos forestales no prohibidos
Prohibido

  • Campo a través

  • Caminos determinados o  señalizados como prohibidos
Excepciones a la prohibición

  • Vigilancia y gestión de montes

  • Aprovechamientos

  • Obras y trabajos

  • Actividades científicas y educativas

  • Caso de emergencia o fuerza mayor

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

  • Según legislación contra incendios
Límite de vehículos

  • 5
Distancia entre vehículos

  • 150 m

  • ½ hora si se da concentración sin previo acuerdo
Velocidad máxima

  • 30 km/h
Autorizaciones previas

  • Circular en caravana (+de 5 vehículos)

  • Aprovechamientos

  • Obras y trabajos

  • Actividades científicas y educativas

  • Pruebas deportivas: aun en sitios preparados a tal efecto se necesita comunicación
Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 1 mes de antelación

  • Número de participantes

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario

  • Fecha y duración

  • Medios organizativos y auxiliares

  • Posible fianza

  • Silencio negativo
Sanciones

  • Según normativa nacional
Canarias Objeto

  • Circulación vehículos a motor por espacios naturales protegidos
Ámbito afectado

  • Espacios naturales protegidos en Canarias
Está permitido expresamente...

  • Carreteras

  • Pistas
Prohibido

  • Reservas Naturales Integrales

  • Zonas de Exclusión

  • Zonas de Uso Restringido

  • Pruebas deportivas en zonas con algún grado de protección
Excepciones a la prohibición

  • Personal relacionado con la propiedad, aprovechamientos, vigilancia, gestión de terrenos y otros servicios públicos
Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado
Límite de vehículos

  • 5 salvo autorización
Distancia entre vehículos

  • -
Velocidad máxima

  • 30 km/h salvo señalización
Autorizaciones previas

  • Excursiones organizadas (con fin de lucro)

  • Excursiones en grupo de más de 5 vehículos (sin fin de lucro)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 30 días de antelación

  • El organizador (con lucro);  todos (sin lucro)

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario (plano)

  • Fecha, hora  y duración

  • Fianza o seguro

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Hasta 6.000 € y otras medidas

Castilla - La Mancha Objeto

  • Regulación uso recreativo, acampada y circulación de vehículos a motor en el medio natural

Ámbito afectado

  •  El medio natural de Castilla-La Mancha

Está permitido expresamente...

  • Sin que se diga expresamente, circular por caminos y pistas no prohibidas

Prohibido

  • Limpiar vehículos en ríos

  • Usar claxon de forma injustificada

  • Usar focos no homologados

  • Campo a través

  • Caminos señalizados como prohibidos

Excepciones a la prohibición

  • Personal relacionado con la propiedad, aprovechamientos, vigilancia, gestión de terrenos y otros servicios públicos

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

Límite de vehículos

  • 5 salvo autorización

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • 30 km/ h salvo señalización

Autorizaciones previas

  • Excursiones organizadas (con fin de lucro)

  • Excursiones en grupo de más de 5 vehículos (sin fin de lucro)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 30 días de antelación

  • El organizador (con lucro);  todos (sin lucro)

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario (plano)

  • Fecha, hora  y duración

  • Fianza o seguro

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Hasta 6.000 € y otras medidas

Castilla y León Objeto

  • Circulación vehículos a motor

  • Pruebas deportivas

Ámbito afectado

  • Montes propiedad CyL

  • Montes de utilidad pública

  • Montes protectores

  • Vías pecuarias

Está permitido expresamente...

  • Carreteras

  • Caminos

Prohibido

  • Sendas

  • Campo a través

  • Caminos señalizados como prohibidos

Excepciones a la prohibición

  • Vigilancia y gestión de montes

  • Usos tradicionales y servidumbres de paso a fincas

  • Razones de urgencia o fuerza mayor

  • Previa autorización

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

  • Matachispas

  • Ceniceros

  • Otros según legislación contra incendios

Límite de vehículos

  • 10

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • -

Autorizaciones previas

  • Pruebas deportivas motorizadas

  • Actividades organizadas de más de 10 vehículos

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • Más de 1 mes de antelación

  • Motivo actividad

  • Número de participantes

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario

  • Fechas y horarios

  • Medios organizativos y auxiliares

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Hasta 6.000 €

Cataluña Objeto

  • Acceso motorizado al medio natural

Ámbito afectado

  • Espacios naturales

  • Terrenos forestales

  • Caminos, pistas, senderos, veredas…

  • Cauces de agua, lagunas y embalses

Está permitido expresamente...

  • En general: caminos y pistas aptos para la circulación de más de 3m para coches y más de 2m para motos

  • En espacios protegidos: pistas y caminos delimitados al efecto.

  • Espacios de interés natural sin protección especial y terrenos forestales: pistas y caminos pavimentados o de 4 m o más de ancho

Prohibido

  • Campo a través

  • Fuera de pistas o caminos delimitados al efecto

  • Cortafuegos

  • Vías forestales de extracción de madera

  • Caminos de cabaña

  • Cauce seco de ríos

  • Lámina de agua de ríos

  • Rutas nocturnas en grupo salvo por viales de unión de poblaciones o casas rurales

  • Competiciones deportivas en zonas protegidas, reservas de caza y reservas de fauna salvaje

  • Competiciones en pistas no asfaltadas

Excepciones a la prohibición

  • Acceso a las fincas

  • Actividades agrícolas, ganaderas y forestales

  • Servicios públicos

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • En espacios protegidos: 7 para motos / 4 para otros vehículos

  • En otros espacios: 15

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • 30 km/h, salvo pruebas deportivas autorizadas y servicios públicos

Autorizaciones previas

  • Circulación motorizada organizada (un responsable que organiza)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Circulación organizada:

    • Requisitos que exija la admón. competente

  • Competiciones deportivas:

    • Fianza

    • Que se celebre en circuito catalogado

Sanciones

  • Hasta 30.050 € y otras medidas

La Rioja Objeto

  • Circulación con vehículos a motor

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Montes gestionados por la comunidad

  • Montes de utilidad pública

  • Montes consorciados y protectores

  • ZEPAS

  • Espacios  naturales protegidos

  • Reservas y cotos de caza

Está permitido expresamente...

  • Vías asfaltadas

  • Pistas forestales no restringidas

Prohibido

  • Campo a través

  • Sendas (caminos no asfaltados de 2 m o  menos)

  • Pistas de uso restringido

  • Uso de neumático de motocross en rueda motriz en vías no asfaltadas

  • Competiciones que pasen por cauces fluviales

Excepciones a la prohibición

  • Labores de vigilancia

  • Gestión del monte

  • Aprovechamientos, obras

  • Trabajos

  • actividades científicas o educativas

  • Casos de emergencia o fuerza mayor

  • Cuidado del ganado

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

  • Otros según legislación incendios forestales

Límite de vehículos

  • 5

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • 30 km/h

Autorizaciones previas

  • Circulación por sendas o campo a través para actividades excepcionadas

  • Actividades excepcionadas no sujetas a licencia de aprovechamiento

  • Circulación en caravana (+ de 5 vehículos)

  • Competiciones deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 1 mes de antelación

  • Número de participantes

  • Número y tipo de vehículos

  • Itinerario

  • Fechas y horarios

  • Medios organizativos y auxiliares

  • Posibilidad de fianza

  • Silencio positivo

Sanciones

  • Legislación nacional

MadridObjeto

  • Circulación de vehículos a motor

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Montes a cargo de la Comunidad de Madrid

Está permitido expresamente...

  • Vías de tránsito autorizadas con señalización

  • Áreas específicamente acondicionadas con señalización

Prohibido

  • Circulación fuera de las zonas y vías indicadas

Excepciones a la prohibición

  • Funciones de vigilancia

  • Gestión técnica de los predios

  • Aprovechamientos

  • Casos de emergencia o fuerza mayor

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • -

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • Según reglamento (inexistente)

Autorizaciones previas

  • De forma excepcional fuera de las vías y áreas autorizadas:

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

  • Otras actividades con vehículos a motor

  • Trabajos con vehículos a motor

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 15 días de antelación

  • Medidas precautorias que se exijan

  • Posible fianza

  • Club o entidad responsable

  • Municipio al que pertenece

  • Recorrido

  • Fecha

  • Duración

  • Nº y tipo de vehículos participantes

Sanciones

  • Según la Ley de Montes nacional

NavarraObjeto

  •  Actividades organizadas con vehículos a motor

  • Circulación de vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Suelo no urbanizable

Está permitido expresamente...

  • -

Prohibido

  • Campo a través

  • Caminos de menos de 2 m

  • Cortafuegos

  • Vías de saca de madera

  • Pistas y caminos prohibidos

  • Pruebas de motocross o autocross fuera de circuitos

  • Reservas integrales y naturales

  • Enclaves naturales

  • Áreas naturales recreativas

  • Cañadas

  • Camino de Santiago

  • Calzadas históricas

  • Ruta del Plazaola,

  • Áreas de protección de fauna

  • Cursos fluviales, lagunas, embalses o zonas húmedas

Excepciones a la prohibición

  • Servicios públicos

  • Actividades agropecuarias

  • Actividades forestales

  • Actividades educativas

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • 10

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • -

Autorizaciones previas

  • Circuitos, rutas o itinerarios permanentes

  • Pruebas deportivas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Plano catastral  escala 1:5.000

  • Memoria descriptiva

  • Posible fianza de 3.000 € o seguro

  • Medidas protectoras que se exijan

Sanciones

  • Ley Foral 2/93

País Vasco (Álava) Objeto

  • Uso de caminos y vías forestales

Ámbito afectado

  • Montes patrimoniales de Álava

  • Montes de utilidad pública de Álava

Está

permitido expresamente...

  • Vías y caminos de tránsito autorizados

  • Áreas acondicionadas para ello

Prohibido

  • Circulación con suelo no seco

  • Vías y caminos no expresamente autorizados

Excepciones a la prohibición

  • Previa autorización

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • -

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • -

Autorizaciones previas

  • Excepciones a las prohibiciones

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • Posible de fianza

Sanciones

  • Multa de 12 a 600 euros más daños y perjuicios

País Vasco (Guipúzcoa) Objeto

  • Circulación de vehículos a motor

Ámbito afectado

  • Montes de la Diputación Foral de Guipúzcoa

  • Montes de utilidad pública de Guipúzcoa

Está permitido expresamente...

  • Vías de tránsito autorizadas con señalización

  • Áreas específicamente acondicionadas con señalización

Prohibido

  • Circulación fuera de las zonas y vías indicadas

Excepciones a la prohibición

  • Funciones de vigilancia

  • Gestión técnica de los predios

  • Aprovechamientos

  • Casos de emergencia o fuerza mayor

Equipamiento vehículo

  • Silenciador homologado

Límite de vehículos

  • -

Distancia entre vehículos

  • -

Velocidad máxima

  • Según reglamento (inexistente)

Autorizaciones previas

  • De forma excepcional fuera de las vías y áreas autorizadas:

  • Práctica de deportes con vehículos a motor

  • Otras actividades con vehículos a motor

  • Trabajos con vehículos a motor

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito

  • 15 días de antelación

  • Medidas precautorias que se exijan

  • Posible fianza

  • Club o entidad responsable

  • Municipio al que pertenece

  • Recorrido

  • Fecha

  • Duración

  • Nº y tipo de vehículos participantes

Sanciones

  • Hasta 600 euros

ValenciaObjeto

  • Circulación de vehículos con o sin motor

Ámbito afectado

  • Terrenos forestales

Está permitido expresamente...

  • Pistas forestales no expresamente prohibidas

Prohibido

  • En excursiones organizadas y pruebas deportivas:

  • Uso de bocinas

  • Uso de megafonía

  • Reparto de propaganda gráfica fuera de salida y meta

  • Competiciones nocturnas

Excepciones a la prohibición

  • -

Equipamiento vehículo

  • -

Límite de vehículos

  • Siempre que circulen a menos de 100 m de distancia:

    • 4 para coches y quads

    • 6 para motos

    • 15 para bicicletas

Distancia entre vehículos

  • Más de 100 m para que no se considere excursión organizada si se pasa el nº de vehículos indicado

Velocidad máxima

  • 30 km/h, exceptuados servicios de urgencia y actividades deportivas autorizadas

Autorizaciones previas

  • Actividades deportivas

  • Excursiones organizadas

Requisitos para autorizaciones previas

  • Por escrito en modelo normalizado

  • Plazo de dos meses

  • Autorización de los propietarios del terreno

  • Conformidad de la Federación (pruebas deportivas)

  • Mapa escala 1:50000 de IGN con itinerario

  • Fianza de 1200 euros

  • Silencio negativo

Sanciones

  • Ley 3/93 de la Comunidad Valenciana